Abril 18, 2024 [G]:

El SIN habilita tres formularios para facilitar pago de deudas tributarias

El presidente del SIN, Mario Cazón, informó que los formularios 8000-1, 8000-2 y 8000-3 son de fácil manejo y utilización. “Queremos brindar facilidades y comodidades para que los contribuyentes puedan resolver sus adeudos tributarios en el marco de la Ley 812”, dijo.


Miércoles 6 de Julio de 2016, 7:00pm






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La Paz, 6 de julio (Urgentebo).- El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), conforme establece el Código Tributario vigente, habilitó formularios fáciles de llenar y presentar para que contribuyentes grandes, medianos y pequeños puedan pagar su deuda impositiva y acogerse a las facilidades de pago a una tasa del 4% de interés anual y un descuento de la sanción de la multa de un 60%.

El presidente del SIN, Mario Cazón, informó que los formularios 8000-1, 8000-2 y 8000-3 son de fácil manejo y utilización. “Queremos brindar facilidades y comodidades –sostuvo– para que los contribuyentes puedan resolver sus adeudos tributarios en el marco de la Ley 812”.

Los formularios

El primer formulario número 8000-1 está destinado a los contribuyentes para la solicitud de facilidades de pago de la deuda tributaria. Para ese fin, el contribuyente deberá apersonarse a la Plataforma de Facilidades de Pago de la Gerencia Distrital o Grandes Contribuyentes (GRACO) de su jurisdicción.

El segundo formulario 8000-2 es de control interno para que la institución llene los adeudos del contribuyente y el tercer Formulario 8000-3 es el que refleja el adeudo que deberá ser cancelado por el contribuyente en el sistema bancario.

Si la deuda es hasta Bs 100 mil, el contribuyente deberá depositar el monto en una entidad bancaria autorizada sólo el 10% de la misma para acogerse a las facilidades de pago (5% corresponde a la cuota inicial y el otro 5% a la garantía).

Si la deuda es superior a Bs 100 mil, el contribuyente deberá depositar el 15% del monto de la deuda para beneficiarse con las facilidades de pago. 

“De esta manera se pone en vigencia de manera práctica lo que establece la Ley 812 para que el contribuyente pueda pagar o acogerse a las facilidades de pago con estos formularios de fácil manejo y utilización”, indicó. 

Los premios

Asimismo, una disposición fijará las condiciones para reconocer y premiar al buen contribuyente, al usuario y consumidor de bienes y servicios.

La Ley 812 de reformas al Código Tributario dispone que la Administración Tributaria establecerá mecanismos de incentivos a la facturación y la generación de cultura tributaria. Para ello, se prevé la transferencia de mercancías comisadas y/o abandonadas.

Con este fin, “Impuestos Nacionales está trabajando, por ejemplo, para implementar una lotería de facturas, para que el comprador y el consumidor (de bienes y servicios), pueda participar con el único requisito de contar con el número de factura”, afirmó Cazón.

Las modificaciones al Código Tributario establecen que serán reconocidos los contribuyentes, usuarios y consumidores con premios e incentivos utilizando un sistema de sorteos (loterías de facturas), juegos, actividades lúdicas, ferias y otros que tendrán que implementarse de acuerdo a norma específica. 

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