Marzo 28, 2024 [G]:

Revilla promulga ley que permitirá cerrar actividades en distritos con rebrote de COVID-19

El burgomaestre mencionó que ahora el municipio paceño está en condiciones de definir si mantiene la flexibilización de cuarentena o decide volver a una rígida, con propios indicadores que clasifiquen el riesgo sanitario para cada distrito, zona, barrio o comunidad rural.


Miércoles 27 de Mayo de 2020, 9:15pm






-

El Alcalde de La Paz, Luis Revilla, promulgó hoy la Ley Municipal 414 que regula la Cuarentena Dinámica Condicionada y de Corresponsabilidad Ciudadana para Evitar la Propagación y Contagio del COVID-19. Con esta normativa se definirán niveles de riesgo de cada distrito, y en aquel con incremento de contagios se podrá cerrar actividades para la contención del virus.

El burgomaestre aseguró que la nueva ley será el marco de regulación para el funcionamiento de las actividades a ser reactivadas desde el lunes. Mencionó que ahora el municipio paceño está en condiciones de definir si mantiene la flexibilización de cuarentena o decide volver a una rígida, con propios indicadores que clasifiquen el riesgo sanitario para cada distrito, zona, barrio o comunidad rural.

La cuarentena dinámica condicionada que definió el Gobierno nacional mediante el Decreto Supremo 4229 rige hasta el 31 de mayo, no hay aún una decisión sobre este plazo, sin embargo, Revilla dejó entrever que la opción es que la cuarentena sea administrada por los propios gobiernos municipales. Hoy se conoció desde Palacio de Gobierno que el viernes habrá reunión del gabinete de ministros para este tema.

La autoridad citó cifras del mapa con estadísticas del COVID-19 que hasta hoy reporta 108 recuperados desde que comenzó la pandemia en el municipio. La Alcaldía también tiene georreferencia de pacientes activos y recuperados según macrodistrito.

Los indicadores para la calificación de riesgo serán emitidos por el Comité de Operaciones de Emergencia Municipal (COEM) que se conformará para regular las disposiciones, dijo la autoridad

“Si en algún distrito, por alguna razón tuviéramos un incremento mayor de casos, ese distrito podría ser objeto de medidas específicas o de un mayor cierre de actividades en ese lugar”, afirmó el munícipe. Con la normativa, el Ejecutivo edil está autorizado a adoptar medidas sanitarias, suscribir acuerdos para protocolos de medidas de bioseguridad, como ya hizo con la venta de comidas, comercio, y transporte.

Por otro lado, la corresponsabilidad ciudadana es importante para cumplir la ley, dijo el burgomaestre. Aseguró que habrá controles para el uso de medidas de bioseguridad, con sanciones para infractores.

Por ejemplo, a quienes no usen barbijos y sean reincidentes con esa omisión, deberán pagar 250 Unidades de Fomento a la Vivienda (Bs 585), en caso que no pueda cancelar el monto, deberá hacer trabajo comunitario, como limpieza de la ciudad, en áreas verdes o fumigación. Se consideran delitos incitar al incumplimiento, desinformar o generar incertidumbre, estos casos tendrá su denuncia penal, aseveró Revilla.

El lavado de manos, distanciamiento físico y otras acciones sanitarias son obligaciones en espacios públicos, actividades laborales y comerciales. La ley obliga a cumplir la cuarentena de 14 días en caso de haber tomado contacto con un infectado. Finalmente, menciona la restricción de salida de casa para menores de 18 años o adultos mayores desde los 65, saldrán solo en caso de emergencias.

///

.