El Tribunal Constitucional Plurinacional, con voto de cinco contra cuatro magistrados, puso otro candado para que las elecciones judidiciales del 15 de diciembre se realicen de manera parcial, porque rechazó dos recursos planteados con la demanda de que los comicios se realicen en un solo acto y de forma íntegra.
La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de la autoridad conferida por la Constitución Política del Estado y la facultad otorgada por el art. 28.I numerales 15 y 16 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; resuelve: Declarar IMPROCEDENTES las solicitudes de Avocación y de Unificación por Resolución de Doctrina Constitucional descritas en los memoriales de 7, 8 y 11 de noviembre de 2024, presentadas por Oscar Abel Hassenteufel Salazar y Fernando Escobar Pacheco”, señala la resolución única frente a las demandas presentadas.
Se trata de una decisión adoptada por la Sala Plena del TCP frente a las solicitudes fueron planteadas por el presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Óscar Hassenteufel, y el candidato a magistrado Fernando Escobar Pacheco.
Cinco de los nueve magistrados que conforman la sala plena del TCP votaron en contra de las solicitudes, lo que allana el camino para que las elecciones judiciales se lleven a cabo el 15 de diciembre únicamente en La Paz, Chuquisaca, Potosí y Oruro.
En la argumentación de la resolución, los magistrados que votaron a favor del rechazo a los recursos presentados señalan que “la Norma Fundamental establece el carácter vinculante y obligatorio de las Sentencias emitidas por este Tribunal, define también que contra éstas no cabe recurso ulterior alguno; por lo que, no es posible a través de esta solicitud se pueda, resolver sobre las emergencias de casos concretos ya dilucidados en el fondo”.
La anterior sentencia del TCP, que fue cuestionada por el TSE, declara desiertas las elecciones en el Tribunal Supremo de Justicia para Beni y Pando. Además, dispone lo mismo para la elección de magistrados en el TCP, en Pando, Cochabamba, Santa Cruz, Beni y Tarija, y denegar la tutela impetrada con relación al TSJ en Chuquisaca, La Paz, Tarija, Oruro, Potosí, Cochabamba y Santa Cruz.