12 de agosto (Urgente.bo).- La Cámara de Diputados aprobó en grande y detalle el proyecto de ley de devolución de los aportes de las a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). La propuesta de norma será remitida a la Cámara de Senadores para su tratamiento.
¿Quiénes pueden solicitar la devolución de las AFP?
Si usted tiene en su cuenta personal previsional una cantidad igual o menor a Bs 100.000, sin importar su edad, puede solicitar la devolución del 15%. Por ejemplo, si tiene Bs 100.000 podrá acceder a Bs 15.000.
Si tiene un monto menor o igual a Bs 10.000 en su cuenta personal previsional, podrá solicitar la devolución del 100%. Estos se cumplen solo para las personas que tengan 50 años o más.
La AFP deberá considerar el saldo acumulado del asegurado que tiene 50 años o más y tiene Bs 10.000 en su cuenta hasta el último día del calendario del mes anterior a la publicación de la ley.
Por ejemplo la ley es publicada en la Gaceta Oficial el 12 de agosto, la AFP deberá verificar el saldo del asegurado hasta el 31 de julio.
¿Habrá los plazos para solicitar la devolución?
Los asegurados que decidan solicitar la devolución de sus aportes tendrán un tiempo determinado para hacerlo y el desembolso se realizará en uno solo.
El plazo para solicitar será establecido en el reglamento de la propuesta de ley.
¿Dónde podrá realizar el desembolso de sus aportes?
Según el proyecto de ley, las AFP son los responsables de la gestión, control, registro y pago de los aportes a los asegurados.
¿De dónde saldrá el dinero para devolver los aportes?
De los ingresos acumulados de años pasados, de ingresos provenientes de la Cartera de Inversiones y de ingresos que provienen de los aportes de los asegurados.
¿Quiénes no podrán solicitar la devolución?
No podrán acceder a la devolución de los aportes a las AFP las personas que accedan o estén en proceso de adquisición de una pensión de vejez, solidaria vejez, invalidez, pago o beneficios del SIP.
Si recibe remuneración del sector público o privado no podrá solicitar la devolución de sus aportes.
Si usted inició a aportar a las AFP desde diciembre de 2019 como funcionario del sector público no podrá solicitar la devolución de sus aportes.
Tómelo en cuenta
Si decide solicitar la devolución, el Estado no restituirá el monto que le desembolse.