Abril 19, 2024 [G]:

ASFI alista reglamento para que asalariados que no recibieron sueldos difieran del pago de sus deudas

El 28 de mayo, el Gobierno aprobó el Decreto 4248 que amplía el diferimiento excepcional de pago de créditos, a capital e intereses, por los meses de junio, julio y agosto de este año para todos los prestatarios con saldos de endeudamiento menor o igual a Bs 1 millón. Dicho saldo será determinado considerando la deuda total de cada prestatario en cada entidad financiera.


Viernes 5 de Junio de 2020, 4:15pm






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5 de junio (Urgente.bo).-  El ministro de Desarrollo Productivo, Oscar Ortiz, afirmó que la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi) trabaja en la reglamentación para que los trabajadores asalariados que no recibieron o les redujeron sus salarios o fueron despedidos puedan acceder al diferimiento de seis meses del pago de sus créditos.



"Con relación a que, si existen casos de algunos asalariados que no han recibido su salario porque la empresa no se los ha podido pagar o han recibido una parte, el Decreto prevé que puedan acogerse al diferimiento (del pago de créditos) de los seis meses y eso lo está trabajando la Asfi", explicó Ortiz, durante una conferencia de prensa.
El 28 de mayo, el Gobierno aprobó el Decreto 4248 que amplía el diferimiento excepcional de pago de créditos, a capital e intereses, por los meses de junio, julio y agosto de este año para todos los prestatarios con saldos de endeudamiento menor o igual a Bs 1 millón. Dicho saldo será determinado considerando la deuda total de cada prestatario en cada entidad financiera.
El parágrafo segundo del artículo 3 de dicho decreto dispone que las personas asalariadas que hayan sido afectadas, por despidos o reducción de su salario o ingresos, deben demostrar su situación ante la entidad de intermediación financiera a fin de que accedan a la ampliación del diferimiento del pago de créditos por seis meses.
En tanto, el Decreto 4206, emitido el 1 de abril de 2020, autorizaba a las entidades del sistema financiero a aplazar las cuotas del pago de los empréstitos por los meses de marzo, abril y mayo.
En esa línea, el Ministro señaló que si bien se concedió a los prestatarios seis meses de diferimiento para el pago de sus créditos, también se debe entender que hay que buscar un "equilibrio" ya que los recursos de los empréstitos provienen de los ahorros de los depositantes y ellos deben recibir sus intereses.
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