Marzo 28, 2024 [G]:

Ciudadanos que extraviaron su cédula podrán cobrar con su pasaporte o licencia de conducir

Esta habilitación es de manera excepcional, por la situación especial en la que se encuentra  el país y regirá hasta que finalice el estado de emergencia sanitaria.


Jueves 2 de Abril de 2020, 6:00pm






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2 de abril (Urgente.bo).- El Servicio General de Identificación Personal (SEGIP), dependiente del Ministerio de Gobierno, ante la emergencia sanitaria por el coronavirus, dispuso que los ciudadanos que hayan extraviado su cédula de identidad, podrán cobrar con su pasaporte, licencia de conducir o la verificación del número del documento en las instituciones que tienen convenios con el SEGIP.

“Las instituciones públicas o privadas que tienen acceso, mediante convenios vigentes, a verificar en tiempo real, datos en el Sistema de Registro Único de Identificación Personal del SEGIP (SRUI)”, podrán verificar el número de identidad, nombres, apellidos y fecha nacimiento; y para constatar y refrendar la identidad del interesado, podrá formular preguntas relativas a los datos, en caso de ser necesarias, a las cuales deberá responder, señala el documento.

El Decreto Supremo 4200 en su artículo 9 parágrafo I, establece que, en el marco de la emergencia sanitaria nacional, todas las instituciones, públicas y privadas deberán prestar su máxima colaboración temporalmente para disponer y utilizar los bienes y servicios necesarios que garanticen la lucha contra el contagio y propagación del coronavirus (COVID-19), suscribe el documento que emitió el SEGIP.

Además, La Resolución Administrativa N° 184/2020 del SEGIP establece que, para identificarse, el ciudadano puede usar de manera excepcional la licencia de conducir o el pasaporte, la entidad autoriza estas acciones para viabilizar el cobro de los beneficios que otorga el Estado a ciudadanos, que por alguna razón perdieron la cedula identidad.

Aclara la entidad de Identificación Personal que esta habilitación es de manera excepcional, por la situación especial en la que se encuentra nuestro país, y que la misma regirá hasta que finalice el estado de emergencia sanitaria, porque una vez restablecida, los interesados deberán tramitar sus cedulas de identidad, de manera normal.

Por lo tanto, todas las instituciones y servidores públicos y privados tienen la obligación de cumplir y hacer cumplir la resolución de la máxima autoridad del SEGIP, señala el documento.

 

HABILITACIÓN DE C. I. EN CASO DE EXTRAVÍO by Angela Carrasco Soliz on Scribd

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