Febrero 27, 2025 -H-

Constitucionalista: El TSE tenía la obligación de consultar al TCP sobre el personería del MAS

También indicó que en caso de que el MAS no hubiese presentado una acción de inconstitucionalidad, el Código de Procedimientos Constitucional le faculta al TSE asumir un fallo de forma autónoma, en el marco de la presunción de la constitucionalidad de las leyes, o recurrir al TCP.


Lunes 10 de Agosto de 2020, 1:00pm






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10 de agosto (Urgente.bo).- El Tribunal Supremo Electoral (TSE) envió al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) la acción de inconstitucionalidad presentada por el MAS contra el pedido de que le sea retirada su personalidad jurídica por haber comentado encuestas internas, situación que aplaza un fallo sobre este tema. Sobre esto, el analista constitucionalista Rodolfo Flores explicó que esa acción del ente electoral es correcta y es constitucional.

Flores explicó que el Código de Procedimientos Constitucionales, en su artículo 79, habilita a cualquiera autoridad judicial o administrativa que pueda acudir al TCP y recordó en el caso de la demanda de anulación la personería de jurídica del MAS, esa organización política presentó el 20 de julio una acción de inconstitucionalidad, por lo que el ente electoral tenía la obligación de hacer una consulta al TCP.

“El Código de Procedimientos Constitucionales, en su artículo 79 habilita a cualquiera autoridad judicial o administrativa, como es en este caso el TSE, a que pueda, planteado este recurso por el MAS, pueda acudir al TCP porque ya se planteó este recurso”, precisó el analista en entrsvista con radio Fides.

También indicó que en caso de que el MAS no hubiese presentado una acción de inconstitucionalidad, el Código de Procedimientos Constitucional le faculta al TSE asumir un fallo de forma autónoma, en el marco de la presunción de la constitucionalidad de las leyes, o recurrir al TCP.

“El Código de Procedimientos Constitucional le faculta al TSE hacer de oficio, es decir, si no hubiera habido el tema de la demanda del MAS, ellos tenían dos opciones: resolver las demandas que se han planteado, podrían haberlo resultado en el marco de la presunción de la constitucionalidad de las leyes o podía remitirlo al TCP, es decir, estaba abierto para los dos caminos: resolver las demandas planteadas, resolver la personería del MAS, o remitirlo al TCP”, aclaró flores.

Recordó y reiteró que como el MAS presentó una acción de inconstitucionalidad, el TSE estaba obligado mandar los antecedentes al TCP para que sea esa la instancia quien defina sobre la personería jurídica del MAS.

Recordó que en 2015 el TSE de ese entonces anuló la personería jurídica de una organización política del Beni por difundir encuestas de intención de voto violando la Ley de Régimen Electoral, al igual que el MAS, sin embargo, en ese entonces, esa fuerza política no planteó una acción de inconstitucionalidad, sino un recurso de inconstitucionalidad.

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