Abril 19, 2024 [G]:

Proyecto de Código de Sistema Penal castiga con cárcel a hackers

Entrevistado por el portal Urgentebo.com, el director de la ADSIB, Silvain Lesage, destacó la inclusión de los delitos informáticos en la nueva legislación penal boliviana. “Es necesario tener una normativa  y me parece interesante e importante. Esta muy bien”, agregó.


Martes 14 de Marzo de 2017, 9:00pm






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La Paz, 14 de marzo (Urgentebo).- El proyecto de Código del Sistema Penal, cuyo tratamiento se ha iniciado en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), tiene un grupo de seis artículos en los que se establece sanciones económicas y hasta condenas en la cárcel para los llamados delitos informáticos, que establece medidas contra la manipulación de datos, uso indebido de datos o el hackeo.

El proyecto establece que las personas que suplanten la identidad de otra, a través de un medio electrónico, pueden ser condenadas con hasta 5 años de privación de libertad, al igual que los hackers (persona que se apodera de conocimientos en informática para realizan actividades para vulnerar la seguridad de sistemas, violentar y extraer información restringida con un fin monetario”.

El actual Código Penal tipifica la manipulación Informática en  su (Art. 363) bis y  la Alteración, acceso y uso indebido de datos informáticos (363 ter.) como delito.

"La persona que con intención de obtener beneficio indebido manipule un procesamiento o transferencia de datos informáticos que conduzca a un resultado incorrecto o evite un proceso tal cuyo resultado habría sido correcto, ocasionando de esta manera una transferencia patrimonial en perjuicio de tercero, será sancionada con un mínimo de una multa sancionadora de doscientos un (201)  días o de prestación de trabajo de utilidad pública de treinta y seis (36) semanas hasta un máximo de cinco (5) años de prisión", dice el artículo 247 del mencionado proyecto de Código del Sistema Penal.

Hasta ahora, Bolivia cuenta con la Ley  de Telecomunicaciones que regula  el comercio electrónico, la firma digital, el gobierno electrónico  y la comunicación de datos fronterizos. Con el proyecto del Código del Sistema Penal, el Estado Plurinacional de Bolivia reconoce y castiga los delitos informáticos.

"La persona que, sin estar autorizada o excediendo la autorización que posea, deliberadamente acceda a todo o parte de un sistema informático con la finalidad de apoderarse de los datos u ocasionar perjuicio, será sancionada con un mínimo de una multa sancionadora de ciento un (101) días o de prestación de trabajo de utilidad pública de hasta veintiocho (28) semanas hasta un máximo de cinco (5) años de prisión", señala el artículo 249 en relación a los hackers.

Entrevistado por el portal Urgentebo.com, el director de la Agencia para el Desarrollo de la Sociedad de Información en Bolivia (Adsib), Silvain Lesage, destacó la inclusión de los delitos informáticos en la nueva legislación penal boliviana, Dijo que “es correcta”.

“Es necesario tener una normativa  y me parece interesante e importante. Esta muy bien”, agregó.

¿Las sanciones?

El inciso I del Art. 248 del Código de Sistema Penal establece que: “La persona que con intención de obtener beneficio indebido y sin autorización utilice los datos informáticos personales, institucionales, financieros o confidenciales ajenos o suplante la identidad de otra a través de un medio electrónico generándole perjuicio, será sancionada con un mínimo de una multa sancionadora de doscientos un (201) días o de prestación de trabajo de utilidad pública de treinta y seis (36) semanas hasta un máximo de cinco (5) años de prisión”.

Lesage explicó que esto no queda claro,  porque no hace referencia como tal a las redes sociales, Facebook, Twitter, Instagram o Telegram “Es un tema que se tiene que aclarar”, dijo.

Pero la norma sanciona también con 5 años de privación de libertad a los hackers. Según el Art. 249 “La persona que, sin estar autorizada o excediendo la autorización que posea, deliberadamente acceda a todo o parte de un sistema informático con la finalidad de apoderarse de los datos u ocasionar perjuicio, será sancionada con un mínimo de una multa sancionadora de ciento un (101) días o de prestación de trabajo de utilidad pública de hasta veintiocho (28) semanas hasta un máximo de cinco (5) años de prisión”.

Lesage explicó que esto se aplicaría  a los personas que, por ejemplo, ingresen a un sistema de un banco y logren hacer una transacción financiera “Lo que se castiga es el hecho y  a la persona que  ocasiona el perjuicio”, complementó.

El nuevo Código Penal también reconoce  como delitos informáticos:  El ataque a la integridad de datos, el ataque la integridad del sistema y agravantes en delitos informáticos”.

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