Diciembre 27, 2024 -H-

Arce: La Ley 812 beneficia a contribuyentes con deudas excesivas al fisco

La norma aprobada beneficia a ese 3% de contribuyentes que tiene deudas excesivas debido a la fórmula con que se calculaban las multas e intereses y también crea premios e incentivos para buenos contribuyentes que cumplen con sus obligaciones tributarias que son la mayoría (97%).


Lunes 4 de Julio de 2016, 11:15am






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La Paz, 04 de julio (Urgentebo).- El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce Catacora, informó que la Ley 812 que modifica el Código Tributario no crea ningún nuevo impuesto ni tiene como objetivo incrementar la recaudación impositiva, ya que el 97% de los más de 400 mil contribuyentes en Bolivia cumple adecuadamente con sus obligaciones tributarias y sólo un 3% tiene deudas al fisco.

La norma aprobada beneficia a ese 3% de contribuyentes que tiene deudas excesivas debido a la fórmula con que se calculaban las multas e intereses y también crea premios e incentivos para buenos contribuyentes que cumplen con sus obligaciones tributarias que son la mayoría (97%).

Respecto a la normativa aprobada, explicó que no se trata de una condonación de la deuda, del capital del tributo, sino más bien de la flexibilización en el pago de las multas y los intereses.

Las prescripción de la deuda se ha disminuido de 10 a 8 años, lo que significa que antes el Estado podía ir hasta 10 años atrás para fiscalizar y cobrar impuestos al contribuyente; ahora el plazo de 10 años se ha reducido a 8 años.

En ese sentido, la modificación al código incorpora una nueva fórmula que calcula la deuda tributaria con tasas fijas de interés por periodos: los primeros 4 años se cobrará una tasa de 4%; los restantes 3 años se calculará la deuda con una tasa de interés de 6% y el octavo año se cobrará una tasa de 10%. Estos significa que una persona con una deuda de 8 años, pagará una multa con 5,9% de interés en promedio, que es sustancialmente más baja al interés que antes podía llegar hasta un 18%.

El ministro Arce destacó además el hecho de que las notificaciones podrán realizarse a través de correos electrónicos. El uso de este medio de comunicación servirá también para que el Servicio de Impuestos Nacionales entregue información oportuna y directa al contribuyente, fortaleciendo la cultura tributaria.

Periodo de regularización

Adicionalmente, además de los beneficios anteriormente mencionados, la Ley 812 establece mayores ventajas transitorias, durante el periodo de regularización, que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2016.

Durante este periodo, todos los deudores pueden pagar o solicitar un plan de pagos de sus deudas re calculadas con una tasa de interés fija del 4% y una multa por omisión de pago máxima de 40% de su deuda.

Si los contribuyentes efectúan un pronto pago de sus deudas en este periodo de regularización se beneficiarán, además, con una reducción del 10% adicional de la multa aplicable si lo realizan hasta el 31 de agosto del presente año, y del 5% si pagan hasta el 31 de octubre de esta gestión.

“Con esta norma no buscamos incrementar la recaudación, con todas estas reducciones se pretende que la gente regularice su situación”, puntualizó la autoridad.

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