Mayo 02, 2024 [G]:

Calani propone ley corta para que al menos 40 mil bolivianos voten el 6 de septiembre

Según el legislador, esta gente que estuvo fuera del país antes de la pandemia, en Argentina, Chile o España y tuvo que volver a Bolivia, no puede ser marginada y  debe ser el Legislativo boliviano y el Órgano Electoral Plurinacional (OEP), la instancia quien deba hacer respetar  sus derechos democráticos.


Jueves 25 de Junio de 2020, 11:30am






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25 de junio (Urgente.bo).-  El diputado Remberto Calani, del Movimiento Al Socialismo, propuso que se apruebe una ley corta de un solo artículo para modificar la Ley 026  de Régimen Electoral  y permitir que al menos unos 40.000 bolivianos que retornaron a Bolivia durante la crisis sanitaria, tengan la opción de inscribirse para votar en las elecciones generales del 6 de septiembre.

Según el legislador, esta gente que estuvo fuera del país antes de la pandemia, en Argentina, Chile o España y tuvo que volver a Bolivia, no puede ser marginada y  debe ser el Legislativo boliviano y el Órgano Electoral Plurinacional (OEP), la instancia quien deba hacer respetar  sus derechos democráticos.

“Entonces, es un población grande que no debe ser marginada, por eso se llama democracia y debería estar ahí. Es esa población que llegó al país y debe ser habilitada para votar en los comicios, está población no puede estar sin la posibilidad de participar y se va hacer una ley corta”, declaró el diputado al portal Urgente.bo.

Calani prevé que la primera semana de julio, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) abrirá el Padrón Electoral para la inscripción de nuevos votantes que cumplen 18 años hasta el 6 de septiembre.

“Estas 40.000 personas, bolivianos todos deben participar. Porque ellos ya no van a volver a los países donde residían. Ellos están en Bolivia y eso obliga  a que se abra los libros  y se vuelva a registrar  a esa población.

Según Migración, 6.715 bolivianos retornaron a Bolivia hasta el 2 de junio durante la pandemia.

De acuerdo artículo 2 de la Ley 026 establece como principio la preclusión de los actos electorales que desarrolla el Órgano Electoral Plurinacional (OEP). “Las etapas y resultados de los procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato, no se revisarán ni se repetirán”.

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