La Paz, 5 de marzo (Urgentebo).- Thomas Becker, abogados de las ocho familias que afrontan un juicio civil contra el expresidente de la Republica, Gonzalo Sánchez de Lozada, y el exministro, Carlos Sánchez Berzaín, reveló que los juristas que defienden al exmandatario, presentaron una apelación en el marco de la Moción 50 del procecimiento civil en Estados Unidos, y que permite al juez tomar otra decisión al margen del veredicto del Jurado y que, en este caso, tendría el objetivo de evitar o modificar el pago del resarcimiento a las víctimas del caso Octubre 2003.
“La parte de la defensa de Goni presentó una moción por la regla 50. El juez puede aplicar esta regla y esto significa cambiar la decisión del jurado, esto significa que no habría plata”, declaró Becker al portal Urgentebo.com.
Los 10 jurados de la Corte de Fort Lauderdale, Florida Estados Unidos, en su veredicto declararon responsables de las muertes del 2003 a Goni y Sánchez Berzaín. Según Becker es muy “raro” que un juez cambie la decisión ciudadana, aunque reiteró que sí se puede de acuerdo a la normativa 50.
“Los jurados han dicho que son culpables, el juez puede cambiar en términos técnicos, pero si cambia podemos apelar”, advirtió el jurista norteamericano.
El inciso b) de la Regla 50 dice que: “(…) Si el tribunal no concede una moción de juicio como una cuestión de derecho hecha bajo la Regla 50 (a), se considera que el tribunal ha presentado la acción al jurado sujeto a que el tribunal decida posteriormente las cuestiones legales planteadas por la moción. A más tardar 28 días después de la entrada del fallo, o si la moción se dirige a un asunto del jurado no decidido por un veredicto, a más tardar 28 días después de que el jurado fue dado de baja, el solicitante puede presentar una moción renovada para el juicio como cuestión de ley y puede incluir una solicitud alternativa o conjunta para un nuevo juicio según la Regla 59. Al decidir sobre la moción renovada, el tribunal puede:
(1) permitir juicio sobre el veredicto, si el jurado emitió un veredicto;
(2) ordenar una nueva prueba; o
(3) dirigir la entrada del juicio como una cuestión de derecho”.
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