Abril 16, 2024 [G]:

Gobierno dispone horario continuo y deja en manos de gobiernos municipales la disposición de restricciones

Asimismo, el artículo 17 de la norma señala que se amplía la vigencia de las Cédulas de Identidad y de las Licencias para Conducir que se encuentran vencidas hasta el 31 de marzo de 2021.


Viernes 15 de Enero de 2021, 10:45am






-

15 de enero (Urgente.bo).- El gabinete ministerial emitió el Decreto 4451 que entre algunas medidas destacan el teletrabajo, además del horario continuo y que se amplíe la vigencia hasta marzo de las cédulas y licencias de conducir vencidas, pero también se deja a responsabilidad de las gobernaciones y municipios el definir horarios y restringir horarios de actividades económicas y recreativas. La norma entrará en vigencia desde el 16 de enero hasta el 28 de febrero de 2021.

Tema Laboral

Se ratifica el horario continuo y ordena al Ministerio de Trabajo emitir instructivo considerando: ingreso y salida escalonado, además de modalidad de teletrabajo y presencia alternada. 

Asimismo pide alternar al personal del sector público y privado, entre la asistencia física a su fuente de trabajo y teletrabajo uno o dos días por medio, atendiendo las condiciones de trabajo y el número de personas del establecimiento laboral.

El teletrabajo se establece como opción permanente, siempre y cuando la naturaleza del trabajo y las actividades de la función lo permitan.

Se señala que el teletrabajo es preferente para personas en situación de vulnerabilidad, mayores de 65 años, mujeres embarazadas, y personas con patología crónica.

Alcaldías y gobernaciones

El Decreto otorga a los gobiernos subnacionales asumir medidas restrictivas de acuerdo al Índice de Alerta Temprana emitido por el Ministerio de Salud y Deportes.

En ese marco, las gobernaciones y municipios pueden normar:  

Los horarios de atención en los centros comerciales, tiendas, y otro tipo de establecimientos comerciales.

La suspensión de eventos sociales y folclóricos que aglomeren personas.
El aforo para el desarrollo de actividades deportivas, culturales y religiosas en espacios cerrados.

El aforo en la prestación de servicios en restaurantes, bares, discotecas y otros establecimientos que realizan actividades de recreación.

Establecer las medidas de bioseguridad para las actividades del servicio de transporte público local, municipal e interprovincial, según corresponda.

Asimismo la norma establece que los gobiernos subnacionales son responsables de la realización de pruebas de diagnóstico Antigénica y RT-PCR, y vacunación contra la COVID-19 de manera gratuita, con los insumos entregados por el Gobierno central.

Ampliación de vigencia de documentos

El artículo 17 de la norma señala que se amplía la vigencia de las Cédulas de Identidad y de las Licencias para Conducir que se encuentran vencidas hasta el 31 de marzo de 2021.

De manera general, se establece en la norma el uso obligatorio, permanente y adecuado de barbijo, el lavado frecuente de manos, el uso del alcohol ç en gel, distanciamiento físico de 1,5 a 2 metros entre personas; y evitar el uso de espacios cerrados o no ventilados.

Decreto Supremo 4451 

.