Abril 26, 2024 [G]:

Historia de la reforma agraria: ¿por qué se la hizo en Ucureña?

“Queda extinguido el latifundio. No se permitirá la existencia de la gran propiedad agraria corporativa ni de otras formas de gran concentración de la tierra, en manos de personas particulares y de entidades que, por su estructura jurídica, impidan su distribución equitativa entre la población rural”, detalla el artículo 30 del DS 3464


Jueves 2 de Agosto de 2018, 3:00pm






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La Paz, 02 de agosto (Urgentebo).- Luego de la Guerra del Chaco (1932-1935), diferentes sectores, como la clase media, minera y campesina, que históricamente fueron marginados por la oligarquía dominantes de la época (los barones del  estaño: Simón Patiño, Carlos Víctor Aramayo y Mauricio Hochschild), comenzaron a dilucidar la decadencia moral de los grupos que manejaban las riendas del país. Y empezó a debatirse las ideas sobre el futuro del país.

En 1951, el Movimiento Nacionalista Revolucionaria (MNR) gana de forma parcial las elecciones, lo cual significaba que el Congreso, conformado por los tres partidos más votados el emergente MNR, Partido de la Unión Republicana Socialista (PURS) y la Falange Sociales Boliviana (FSB), debía elegir al Presidente de la República.

Tras la nueva coyuntura política se conforma una Junta Militar, apoyada por los barones del estaño, con la finalidad de evitar que la sigla política triunfadora llegue a gobernar al país puesto que ello significaría que esta clase social pierda sus privilegios. Este hecho ocasiona una insurrección llevada adelante por los mineros, clase media, el Cuerpo de la Carabineros y la Policía. De esta manera se logró derrotar a la clase gobernante, bajo el mando de los dueños de las minas.

El 31 de octubre de 1952, una vez que el país es gobernado por Víctor Paz Estenssoro, las propiedades mineras, principalmente las minas de estaño, Patiño, Hoschild y Aramayo son nacionalizadas e integradas en una nueva empresa estatal COMIBOL. Semanas antes, el 21 de julio del mismo año se otorgó el voto a los analfabetos y a las mujeres.

A su vez, la Central Obrera Boliviana (COB) permitió la consolidación del gobierno del MNR, que abrió espacio a la participación de los sindicatos y sus dirigentes en el gabinete ministerial. Y como una secuela del levantamiento militas de se disolvió al ejercitó y se lo reemplazó por milicias de mineros, campesinos, fabriles y clases medias.

Este hito se constituyó en una de los más importantes de la historia de Bolivia, bajo el mandato de Victor Paz Estenssoro, que aún no había atendido la demanda de inclusión a los que hasta entonces eran pongos de las haciendas.

En enero del 1953 se dio lugar a la Comisión de Reforma Agraria y a la conformación de sindicato agrarios, lo cuales exigían al gobierno de Víctor Paz Estenssoro eliminar el latifundio (porque solo un puñado de terrateniente era propietario del 92 por ciento de las tierras) y entregar las tierras a los campesinos para que las produzcan. De esta manera se los liberaría de la condición de siervos y se fortalecería y fomentaría al sector agropecuario.

El pongueaje se practicaba aún a pesar de su abolición en 1945. Tanto las presiones de sectores campesinos y de la COB como la decisión del gobierno que había creado una comisión para definir el problema de la reforma presidida por el vicepresidente Hernán Siles, fueron paralelos a la propia acción de campesinos armados que comenzaron a tomar por su cuenta haciendas en el valle cochabambino.

El decreto de la reforma agraria se firmó en Ucureña (Cochabamba) el 2 de agosto de 1953, como un homenaje a la conformación del primer sindicato agrario precisamente en esa localidad del ahora municipio de Mizque. El principio básico sustentado fue: la tierra es de quien la trabaja. La liquidación total del latifundio en altiplano y valles se hizo definitiva y, aunque con lentitud, se realizaron las entregas de títulos de propiedad a los campesinos.

¿Por qué en Ucureña?

El primer sindicato agrario campesino de Bolivia (1936) se conformó en la Hacienda Santa Clara y la primera escuela campesina (1937). Fue de varios patrones hasta que en 1920 pasó a poder del Monasterio de Santa Clara y fue administrada por arrendatarios. Los campesinos se llamaban pegujaleros. Por sus servicios gratuitos de pongueaje les entregaban menos de una arroba de tierra en préstamo (menos de media hectárea), para la cual apenas tenían un día a la semana, porque el resto debían servir en la hacienda.

Los arrendatarios acudieron al Ministerio del Trabajo, recientemente creado, y conversaron con don Eduardo Arze Loureiro, encargado de asuntos campesinos, quien les dijo que regía el decreto de sindicalización obligatoria y que debían conformar un sindicato agrario para tomar las tierras en arriendo colectivo.

Así lo hicieron en 1936, un año antes que se fundara Warisata, gracias al empuje de don Eduardo. Como no encontraron tierra libre para construir, eligieron los terrenos de una señora que había fallecido después de dedicar su vida al comercio con las minas de Ocurí. Llegada la vejez se retiró del negocio y murió en Cliza en ese sitio. Por el comercio que mantuvo, le decía la Ocuriña o Mama Ocureña. De allí nació el nombre de Ucureña.

En este contexto, que los campesinos de la central Ucureña (Cochabamaba) inician las movilizaciones en contra de los dueños de las haciendas, posteriormente se suma el campesinado de La Paz, Oruro, Norte de Potosí y Chuquisaca. Los sindicatos agrarios crearon milicias para la defensa de esta resolución.

Ello ocasionó una seria de disturbios antes de la aprobación de las demandas del sector campesino. Estas milicias comenzaron a tener el control de las tierras, saqueaban las casas de los hacendados y asediaron los vecinos de las ciudades intermedias.

Debido a que la situación se estaba saliendo de control, es por lo cual la gestión gubernamental del MNR decide llevar adelante una medida política. El 2 agosto de 1953, mediante Decreto Supremo 3464, aprobó la Reforma Agraria.

“Queda extinguido el latifundio. No se permitirá la existencia de la gran propiedad agraria corporativa ni de otras formas de gran concentración de la tierra, en manos de personas particulares y de entidades que, por su estructura jurídica, impidan su distribución equitativa entre la población rural”, detalla el artículo 30 de la normativa.

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