Abril 26, 2024 [G]:

Ibarra: Hay propietarios que desalojaron a sus inquilinos; la ley lo prohíbe

La ley Excepcional de Arrendamientos establece que durante la cuarentena el propietario no puede desalojar al inquilino de su casa, especialmente a embarazadas, personas de la tercera edad, familias con menores de edad, sujeto a procesos judiciales.


Miércoles 1 de Julio de 2020, 1:30pm






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1 de julio (Urgente.bo).- La activista y asesora inmobiliaria, Melisa Ibarra, reveló  este miércoles que hay propietarios  que tienen entre dos y tres casas y  prefirieron echar a sus inquilinos, antes de llegar a un acuerdo. La ley Excepcional de Arrendamientos prohíbe  el desalojo de los arrendados mientras dure la pandemia.

“Estoy de acuerdo con la Ley. Hay gente que tiene tres y cuatro propiedades y no quieren bajar un peso, hay muchas personas (inquilinos) que tuvieron que trasladarse  porque fueron echados de su  departamento o su casa y que pagaban alquiler. Dicen que no quieren problemas y saben que en la justicia no va encontrar nada, por lo que se fueron a vivir a otro lado”,  contó la agente en bienes raíces al portal Urgente.bo.

Según Ibarra la crisis por el coronavirus golpeó a todos. Dijo que los que pagaban un alquiler, ahora lo que buscan es anticrético, sin embargo; los dueños no que  quieren ofertar sus viviendas y prefieren mantenerlas vacías. Indicó que si antes un arrendado podía pagar antes Bs 600, ahora sólo puede cancelar Bs 400 por un bien inmueble.

“Hay dueños que tienen mucha plata y no quieren bajar los precios. Son cosas de la vida”, acotó. Si bien, hay dueños que no quieren bajar ni un centavo, hay otros que sí y negociaron el pago  del 50% y 60% con sus inquilinos, resaltó la agente inmobiliaria.

La ley Excepcional de Arrendamientos establece que durante la cuarentena el propietario no puede desalojar al inquilino de su casa, especialmente a embarazadas, personas de la tercera edad, familias con menores de edad, sujeto a procesos judiciales.

También la norma dice que: se reduce en un 50% el canon de alquiler, cuando, a la vigencia de la presente ley, no se hubiera conseguido un acuerdo entre inquilino y propietario para la reducción o diferimiento razonable del canon de alquiler.

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