Mayo 22, 2024 [G]:

Justicia chilena declara culpables a los 9 bolivianos y determina su expulsión en un lapso de 30 días

Los 9 bolivianos detenidos en la cárcel Alto Hospicio, Chile, fueron beneficiados con medidas sustitutivas y, por determinación de la jueza Isabel Peña, serán expulsados de territorio chileno en un lapso no mayor a los próximos 30 días.


Miércoles 21 de Junio de 2017, 2:45pm






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La Paz, 21 de junio (Urgentebo).- Los 9 bolivianos detenidos desde el 19 de marzo en la cárcel Alto Hospicio, Chile, fueron encontrados culpables por la justicia chilena y fueron condenados a tres años y un día de cárcel.  Sin embargo, la jueza Isabel Peña aceptó la solicitud de la defensa y benefició a los connacionales con medidas sustitutivas y determinó su expulsión de territorio chileno en un lapso no mayor a los próximos 30 días.

Los 9 bolivianos detenidos en la cárcel de Alto Hospicio desde el 19 de marzo fueron acusados por los delitos de robo con agravante de violencia e intimidación; contrabando y portación ilegal de armas.

En el caso de los dos primeros delitos (robo y contrabando), la jueza Isabel Peña declaró culpables a los 9 bolivianos detenidos, asegurando que se determinó que los connacionales estaban entraron a territorio chileno, en al menos 2 kilómetros, por un paso no autorizado.

Entretanto que absolvió a siete de los nueve en el delito de portación ilegal de armas. En este último caso, sólo encontró culpables a los militares Carlos Calle Soliz y Alex Johnny Carvajal Uchani.

Con esta resolución, la jueza chilena dictaminó la condena de 3 años y un día de cárcel para los 9 bolivianos detenidos; sin embargo, gracias a las medidas sustitutivas, los 9 connacionales serán expulsado del territorio chileno en un lapso no mayor a los próximos 30 días y deberá ser efectuada por efectuada por el departamento de extranjería de chile.

Además, deberán pagar la multa de 32 millones 172 mil pesos chilenos (poco más de 40 mil dólares americanos), la cual deberá ser pagada antes de la expulsión de los connacionales.

Además, los acusados no podrán ingresar al país vecino en los próximos 10 años, a excepción de Carlos Soliz y Alex Carvajal, quienes tienen prohibido el ingreso al país trasandino durante las dos siguientes décadas.

Los bolivianos aprehendidos son Carlos Calle Soliz y Alex Johnny Carvajal Uchani (capitán y suboficial), David Quenallata Laurel, Carl Luis Guachalla Rada, Juan José Tórrez Gonzales, Ediberto Raúl Flores Mamani, Arsenio Choque Gonzales, Brian Leandro Quenallata Mendez y Diego Guzmán Vásquez.

Los argumento de la jueza

En una lectura de sentencia que duró poco más de una hora, la jueza Isabel Peña explicó, uno por uno, las causales que dieron paso a la sentencia.

En el delito referido al robo, Peña cuestionó que los aduaneros y militares bolivianos se hayan “llevado el camión y la carga y hayan dejado abandonado al conductor, supuesto contrabandista”.

“No existe en la legislación boliviana una norma que regule el dejar libre al acusado y llevar lo sustraído. La intención era apropiarse de las pertenecías y abandonarlas en el desierto, no tienen justificación para llevarse el camión y la carga y dejar abandonado al conductor, supuesto contrabandista, más al ser profesionales”, aseguró.

“No es posible creer que había un decomiso para evitar el contrabando, considerando que no se preocuparon por identificar a los contrabandistas. No cabe duda que el actuar no fue motivado por el decomiso, hubo robo con violencia con ánimos de lucrarse”, complementó.

En cambio, en el caso de narcotráfico, Pozo argumentó que “no es coherente” que los connacionales no se hayan percatado que estaban en territorio chileno. Cuestionó que siendo profesionales de primer nivel no cuenten con un equipo adecuado de geo referencia, instrumento indispensable en este tipo de operativos.

“No parece lógico que profesionales, como se han acreditado, altamente calificados  en la persecución del contrabando no contaran un sistema con georeferenciación aprobado. Sabían que la zona del límite entre Chile y Bolivia no tienen señales ni carteles que los identifiquen, deberían tener elementos tecnológicos necesarios, a menos que hayan querido hacer actos ilícitos y no necesiten saber dónde estaban”, argumentó Peña.

Finalmente, en el delito de portación ilegal de armas – que sólo involucró a los dos militares bolivianos y no así a los funcionarios aduaneros- Peña aseguró que la defensa boliviana incurrió en un error, pues al momento de cruzar la frontera, “pierde valor la autorización para portar las armas que se encontraban a su cargo”.

“(Los militares bolivianos) No tienen derecho ni deber de portar armas en chile”, concluyó.

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