Abril 18, 2024 [G]:

La esposa no está obligada a la relación sexual y el Código Penal la protegerá

El penalista boliviano, Reynaldo Imaña, indicó que el proyecto del Código Penal busca estimular que las mujeres denuncien violaciones matrimoniales si las han sufrido, ya que el sistema en pasados años en el código no establecía autor.


Lunes 31 de Julio de 2017, 5:30pm






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La Paz, 31 de julio (Urgentebo).- El proyecto del Cödigo de Sistema Penal, que se discute en la Cámara de Diputados de Bolivia, busca superar el concepto de las buenas costumbres, por el cual una mujer que era víctima de violación por parte de su esposo no recibía protección alguna; ahora el documento elaborado se basa en la libertad sexual de las personas y, por ello, propone castigar penalmente al autor de una relación sexual no consentida y busca que las mujeres denuncien a sus agresores.

“El código penal no establecía al autor del hecho delictivo, es decir simplemente decía “el que”, o sea, hacía referencia a cualquier persona, sin hacer distinción de ninguna naturaleza”, explica el abogado Reynaldo Imaña, asesor de la Presidencia de la Cámara de Diputados, al referirse que el proyecto de ley será explícito cuando haga referencia a la violación cometido dentro del matrimonio.

En suma, el proyecto del código de  sistema penal está llenando vacíos en relación a la libertad sexual. "El código vigente tiene una raigambre de orden patriarcal, al igual que la cultura que creía que con el matrimonio o concubinato, la esposa estaba obligada a mantener relaciones sexuales, aún en contra de su voluntad", dice el abogado.

Imaña parte del drama que sufre mujeres en la relación matrimonional o de concubinato y dice que hoy muchas mujeres no se animan a realizar las denuncias por verguenza o porque creen que por ser el esposo o concubino tiene el derecho de realizar estos actos.

El Código Penal vigente desde 1972 contemplaba el delito de violación dentro de los delitos contra las buenas costumbres, por eso no se protegía la libertad sexual, sino la buenas costumbres.

Recordó que en 1997 se hizo una modificación al código penal vigente, en el cual el delito de violación pasa a ser integrante de los delitos contra la libertad sexual. Ese fue el primer paso para romper con el concepto de que una mujer debe someterse a las reglas de las "buenas costumbres". Con el actual ptroyecto, se da el segundo paso. En realidad, se hace una precisión, explica Imaña.

Entre el paso dado en 1997 y el que se propone ahora, hay uno intermedio que se expresó en la Ley 348 que castiga la violencia contra la mujer y el feminicidio.

Esta ley 348 -promulgada hace cuatro años- garantiza una vida libre sin violencia y señala que el que haya obligado a tener relaciones sexuales, aunque sea su esposo, debe ser castigado.

El núcleo central de la conducta que se quiere castigar es el que somete a una persona a tener relaciones sexuales sin su consentimiento, sea el esposo o concubino que haya cometido este delito, explica.

La decisión para incorporar este tema en el proyecto está tomada, pero no se ha definido aún el tiempo de la pena.

En pasado días la presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño señaló que el proyecto del Código de Sistema Penal boliviano prioriza "la falta de consentimiento” al tipificar la violación sexual incluso de parte de cónyuges.

Indicó que la víctima que haya sufrido este tipo de abuso no tendrá que mostrar marcas de violencia física para justificar que ha sido vejada.

 

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