Las elecciones judiciales nuevamente se encuentran en el limbo. El Tribunal Supremo de Justicia presentó un recurso de Consulta Previa de constitucionalidad del proyecto de ley corta para estos comicios y el Tribunal Constitucional aceptó el pedido, por lo que el proceso ha quedado en suspenso.
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) pidió dejar en suspenso el tratamiento de cualquier norma sobre este tema mientras no se pronuncie el ente guardián de la Constitución Política del Estado.
En el documento presentado este 20 de septiembre, Ricardo Torres, presidente del TSJ, argumenta que activa “la presente consulta sobre la constitucionalidad del Proyecto de Ley C.S. Nº 144/2022-2023” con el fin de conocer los argumentos constitucionales y fácticos.
El recurso busca conocer si la norma aprobada por el Senado y aún estancada en Diputados respeta lo establecido en la Constitución Política del Estado (CPE).
Ahora, la Comisión de Admisión del TCP tiene dos días para admitir o rechazar la consulta. En caso de no cumplir los requisitos, el TSJ deberá ajustar las eventuales observaciones del documento en cinco días.
Sin embargo, de ser admitida la consulta, el tratamiento del proyecto de la ley transitoria para las judiciales será suspendido, mientras el recurso se resuelve, hasta en 30 días hábiles.
Así,
as elecciones judiciales sufrirían un nuevo retraso y hasta peligraría que se realicen en enero del 2024, como preveía el Tribunal Supremo Electoral (TSE) con base a la norma aprobada en el Senado.OBSERVACIONES
Según informó Correo del Sur, el TSJ solicita que el TCP se pronuncie sobre el artículo 2 y la disposición adicional sexta del proyecto de ley Nº144/2022-2023, tomando en cuenta los fundamentos que expone en el documento y también en la sentencia constitucional 60/2023 sobre las elecciones judiciales.
En el segundo punto de su petitorio del documento, al que accedió el mencionado medio, el máximo tribunal de justicia del país solicita “notificar a la Asamblea Legislativa Plurinacional la suspensión en el tratamiento de cualquier proyecto de ley que tenga por finalidad regular la preselección de altas autoridades”, una vez admitida la consulta de constitucionalidad.
“El proyecto de ley carece de legitimidad material debido a la falta de un proceso de preselección de altas autoridades judiciales adecuado. En efecto, este proyecto de ley acorta el proceso de preselección y no valora el mérito de los candidatos, lo que va en contra de los argumentos presentados en la ratio decidendi de la sentencia constitucional 0060/2023”, señala uno de los fundamentos del TSJ.
También observa que, ante el vacío institucional en la administración de justicia, el proyecto de ley “en lugar de garantizar materialmente la designación de altas autoridades judiciales, establece un periodo de transición en el que el personal subalterno asume las competencias de las altas autoridades”.