La Paz, 11 de noviembre (Urgentebo.com).- El Sistema de las Naciones Unidas (SNU) en Bolivia lamenta profundamente la Sentencia 0076/2017 del Tribunal Constitucional Plurinacional que niega los derechos fundamentales de las personas transexuales y transgénero, según hizo conocer este sábado la oficina en La Paz. Denunció que la falta de respeto a los derechos humanos de esa población, "constituyen graves violaciones de los derechos y libertades de los seres humanos"
“Llama la atención que el Tribunal Constitucional Plurinacional imponga límites a la vigencia de los derechos fundamentales, pues la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, determinan que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos sin discriminación; y que todos los derechos humanos son universales, complementarios, indivisibles e interdependientes, comprendiendo por lógica jurídica que estos principios también se aplican a las personas transexuales y transgénero”, sostiene el documento.
Recuerda que el sistema de Naciones Unidas elogió la promulgación de la Ley de Identidad de Género por parte del gobierno de Bolivia, “pues se trata de una norma progresista y un referente para la región de América Latina y el Caribe, que demuestra el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por el Estado boliviano para el reconocimiento de los Derechos Humanos sin discriminación por motivos de identidad de género”.
El Tribunal Constitucional Plurinacional fue el blanco de críticas de diferentes sectores de la sociedad, tras el fallo que declaró inconstitucional un parágrafo de la de Ley de Identidad de Género. Según los primeros análisis, la sentencia arrebata derechos fundamentales a ese grupo de ciudadano, usando “argumentos de la edad de hielo”.
El primer análisis de la sentencia fue el fallo impide el matrimonio entre las personas del mismo sexo y que tampoco podrán adoptar niños para conformar una eventual familia. Sin embargo, la dimensión del fallo es mayor, pues el TCP declara inconstitucional la siguiente frase: "…permitirá a la persona ejercer todos los derechos fundamentales, políticos, laborales, civiles, económicos y sociales…”
“El SNU lamenta que la Sentencia 0076/2017 del Tribunal Constitucional Plurinacional no se haya adecuado a los estándares internacionales en derechos humanos sobre el reconocimiento legal del género de las personas transexuales y transgénero a las Resoluciones del Consejo de Derechos Humanos, siendo el Estado Plurinacional de Bolivia miembro del Consejo de Derechos Humanos para el periodo 2015-2017”, complementó.
El SNU recuerda que la falta de respeto a los derechos humanos de las personas lesbianas, gais, bisexuales, transexuales, transgénero e intersexuales (LGBTI), la violencia y la discriminación basada en la orientación sexual e identidad de género, constituyen graves violaciones de los derechos y libertades de los seres humanos y exponen a esta población a una mayor vulnerabilidad ante la exclusión social y económica, y dificultan el progreso hacia la implementación de la Agenda 2030 y el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible