Noviembre 11, 2024 -H-

Proyecto de ley establece un año para que radios migren de licencias

El 25 de julio, en una reunión entre propietarios de medios de comunicación y autoridades de gobierno acordaron la ampliación de licencias de funcionamiento de radios y canales de televisión hasta el 2019. 


Miércoles 10 de Agosto de 2016, 8:00pm






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La Paz, 10 de agosto (Urgentebo).- Las radiodifusoras deben migrar de régimen para ampliar sus licencias de funcionamiento en un año, así lo plantea un proyecto de Ley de Adecuación  para Operadores de Radiodifusión.

El 25 de julio, en una reunión entre propietarios de medios de comunicación y autoridades de gobierno acordaron la ampliación de licencias de funcionamiento de radios y canales de televisión hasta el 2019. El Gobierno condicionó la renovación de licencias a la mejora de servicios. En el caso de los canales de televisión deben ingresar a la era de la televisión digital y en el caso de las radios, cumplir con requisitos de renovación técnica.

“Los operadores de radiodifusión deberán migrar sus autorizaciones transitorias especiales, licencias, autorizaciones y registros,  en un plazo máximo de doce (12) meses a partir de la vigencia de la presente Ley, en el marco del cronograma de migración elaborado por la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes”, se lee en el parágrafo III del Artículo único del proyecto de ley que ya se encuentra en la Asamblea Legislativa.

Este miércoles, la Cámara de Diputados aprobó oro proyecto de ley que modifica el Parágrafo 1 de la Disposición Transitoria Primera de la Ley No 164, de 8 de agosto de 2011, Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación, con el siguiente texto:

"1. Los operadores de redes, proveedores de servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión, en cumplimiento de la presente Ley, deberán migrar sus autorizaciones transitorias especiales, licencias, autorizaciones y registros, hasta el 31 de diciembre de 2019, en el marco del cronograma de migración elaborado por la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes. Para el caso de operadores de radiodifusión, cuyas licencias venzan antes de la fecha señalada anteriormente, se amplía la vigencia de dichas licencias hasta la conclusión del periodo de migración, debiendo cumplir con todas las condiciones, obligaciones y restricciones que establece la presente Ley y su reglamentación".

La ampliación de licencias se dará sin trámite alguno en los casos de que la vigencia de las licencias de radiodifusión caduquen en 2016, 2017, 2018 y 2019. “Las licencias que hubieran vencido en la gestión  2016, antes de la promulgación de la presente Ley, podrán acogerse a esta disposición”, aclara el parágrafo I del proyecto de Ley de Adecuación  para Operadores de Radiodifusión.

Además, el parágrafo II indica:   “En cumplimiento del Artículo 30 parágrafo III de la Ley Nº 164 ‘Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación’ de 8 de agosto de 2011 , los operadores que tengan más de una licencia de radio difusión en una misma área de servicio y en una misma banda de frecuencia a la fecha de promulgación  de la presente Ley, sólo podrán optar por la ampliación de la vigencia de una de las licencias”.

Los operadores de radiodifusión que hubieran migrado al nuevo régimen podrán renovar por única vez su licencia por quince años sin necesidad de licitación pública, para lo cual deberán cumplir los requisitos técnicos y de contenido educativo, cultural, producción nacional y de derechos fundamentales a ser reglamentados mediante Decreto Supremo.  Al efecto, la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes establecerá el cronograma.

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