Noviembre 30, 2024 -H-

Envían a Chonchocoro a tres imputados de pornografía infantil que operaban internacionalmente

“El Ministerio Público inició de inmediatamente la investigación de esa red de pornografía, tras recibir la solicitud de la Interpol de Madrid, España, que estableció que redes de Facebook y Whatsapp, estarían enlazadas y conectadas con perfiles provenientes de varios países, entre ellos Bolivia”, señaló el Fiscal Departamental de La Paz, Edwin Blanco Soria.


Sábado 1 de Abril de 2017, 2:00pm






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La Paz, 01 de abril (Urgentebo).- El Ministerio Público logró la detención preventiva en el penal de máxima seguridad de Chonchocoro de Gary B. F., Jenrry G. R. y Rubén L. M. por la presunta comisión de delito de pornografía infantil, que fue denunciado internacionalmente por circular vídeos e imágenes entre usuarios de México, Perú Argentina, Colombia y Bolivia.

 

“El Ministerio Público inició de inmediatamente la investigación de esa red de pornografía, tras recibir la solicitud de la Interpol de Madrid, España, que estableció que redes de Facebook y Whatsapp, estarían enlazadas y conectadas con perfiles provenientes de varios países, entre ellos Bolivia”, señaló el Fiscal Departamental de La Paz, Edwin Blanco Soria.

 

En la audiencia cautelar, la fiscal asignada al caso, Karina Cuba, detalló que en las primeras investigaciones identificó que los tres sujetos que se encontraban dispersos en diferentes departamentos de Bolivia, por lo que realizó los allanamientos respectivos.

 

“De los antecedentes se tiene la convicción de que la conducta antijurídica de los tres imputados se subsume en el delito de pornografía previsto y sancionado por el Código Penal”, manifestó la fiscal del caso.

 

El Có

igo Penal sanciona con una pena privativa de libertad de 10 a 15 años a quien procurare, obligue, facilite o induzca por cualquier medio a otra, que no dé su consentimiento, a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos con el objeto de grabarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios, impresos, transmisión de archivos de datos en red pública o de comunicaciones, sistemas informáticos, electrónicas o similares.

 

Asimismo, indica que la pena privativa de libertad será agravada en un tercio cuando la víctima sea niño, niña o adolescente o persona con discapacidad.

 

En ese marco, la fiscal solicitó a la autoridad jurisdiccional la detención preventiva, tras evidenciar la existencia de suficientes elementos de convicción para sostener que los imputados son con probabilidad autores del hecho punible, siendo que los mismos fueron sorprendidos en flagrancia.

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