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Padres abandonados pueden pedir asistencia a sus hijos


Sábado 22 de Abril de 2017, 3:00pm






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La Paz, 22 de abril (Urgentebo.com).- El diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS) Lino Cárdenas informó que los padres de familia que necesiten recibir una asistencia familiar por parte de los hijos deben cumplir tres requisitos establecidos en el Código de las Familias, norma promulgada el 19 de noviembre de 2014.

“El Código de las Familias y del Proceso Familiar inserta, entre otras cosas, la obligatoriedad que tienen los hijos de dar asistencia a sus padres cuando concurran tres requisitos: un primero es que exista una situación de necesidad de parte del padre, un segundo requisito es que no pueda valerse por sí mismo para tener medios de subsistencia, y el tercer elemento es que sea una persona mayor de 65 años”, explicó.

Cárdenas aseguró que si el padre o madre cumple con los tres requisitos, puede acceder a una asistencia familiar, pero que para iniciar el proceso para este beneficio debe acudir a las unidades de protección del adulto mayor de las alcaldías, las mismas que convocarán a los hijos a fin de llegar a un acuerdo entre partes y luego ser homologado por un juez.

Añadió que en caso de que esta vía no resulte favorable al adulto mayor, puede acudir a un juez como se lo hace cuando se solicita asistencia familiar para los hijos.

“El juez de familia, en el lapso de diez días, va a fijar una audiencia y en esa audiencia se va a definir el monto, que tiene que estar en proporción de las necesidades de quien pide y de las posibilidades de quien está obligado a darlo, pero de ninguna forma puede ser menor al 20% del salario mínimo nacional”, subrayó el diputado Lino Cárdenas.

Recordó que esta medida fue incluida en el Código de Familias porque se observó casos extremos de desatención a los padres, pero lamentó que este punto de la norma no haya sido socializado ni difundido por los medios de comunicación, porque apenas se registraron alrededor de tres casos en estos dos años de vigencia de la norma.

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