Enero 08, 2025 -H-

Cerámica Santa Cruz: Despido ilegal y reincorporación sin salario


Domingo 18 de Septiembre de 2022, 4:15pm






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1. El “Caso Cerámica Santa Cruz” demuestra maltrato extremo de empresarios. Sus “abogados corporativos” –expertos en dilatar juicios porque sí– hacen hábito al comprar: jueces, fiscales, mensajeros, y policías. ¿Cómo? El 3 noviembre 2020 esa empresa despidió a 17 trabajadores: Joel D Bazán, Miguel Supepi T, Gumercindo Bailaba S, Domingo Ipi P, Alex Vargas C, Rita Guzmán R, José L Pérez J, Juan L Tatu, Víctor A Molina M; y a los dirigentes sindicales: Mario Llanos C (Secretario de Organización), Marcelo Peredo C (Vocal), Ángel Hurtado V (Hacienda), Víctor H Ayala T (Relaciones) y Miguel Angel Pérez M (Strio General). Hubo doble ilegalidad: a) Incumplir Art 16 de Ley General de Trabajo; b) Vulnerar fuero de 5 sindicalistas protegidos por Ley.

2. Los despedidos ilegales reclamaron al Ministerio de Trabajo que emitió la Conminatoria de Reincorporación JDTSC/AAMS/CONM 168/2020 de 9 de diciembre, incumplida por la empresa previo recurso revocatorio. Luego, el caso pasó a la Sala 2da de Garantía Constitucional Santa Cruz. Posteriormente el Tribunal Constitucional Plurinacional emitió la inapelable Sentencia 875/2021 de 25 noviembre; al final se emitió el Auto Interlocutorio 5/22 de 3 de marzo.

3. El 8 de marzo 2022 la empresa comunicó que “en cumplimiento de la SC 875/2021-S4” reincorpora a 17 trabajadores despedidos ilegales, pero los mantiene trabajando SIN salario pese a reclamos, juicios y quejas ante la Sala Constitucional 2da Santa Cruz. Más aún, por una “Impugnación” de Cerámica Santa Cruz el 15 de marzo 2022 el expediente de Amparo Constitucional –con sentencia en favor de los trabajadores– fue “devuelto” por la Sala Constitucional 2da al Tribunal Constitucional Plurinacional donde está bloqueado.

4. “La empresa humilla a los trabajadores y a sus dirigentes. NO paga salarios desde 2020; y quieren deshacerse del sindicato como pasa en varias empresas”, señala el dirigente Miguel Pérez, trabajador despedido ilegal. Entonces: la Reincorporación se cumplió solo como humillación. Una Sentencia Constitucional del TCP es de cumplimiento obligatorio, y su Ejecución es INMEDIATA e INOBSERVABLE según Art 8 de la Ley TCP y Art 15 Código Procesal Constitucional vinculado al Art 129.V de la Constitución.

ACCIÓN DIRECTA DE LOS TRABAJADORES

5. Ante el “Calvario Judicial Boliviano”, el 24 marzo 2022 más de 150 trabajadores despedidos ilegales, mineros y fabriles de 5 sindicatos (Paitití, Cerámica Santa Cruz, IncerCruz, Industrias Belén, y Totaí Citrus), más sus familias “tomaron” el pasillo acceso al Palacio de Justicia Santa cruz y allí estuvieron más de 2 meses, con olla comunitaria, turnos para dormir y el poco disimulado insulto de Unitel, que no les dio cobertura pero sí los trató de “poco estéticos”.

6. Además, esos trabajadores despedidos ilegales marcharon, y se crucificaron, en Sucre y Santa Cruz, como forma de presión ante autoridades del pútrido Órgano Judicial que ya tiene varios jueces en la cárcel por liberar feminicidas sentenciados. “Estamos cansados ante la retardación judicial; hemos

agotado toda instancia: administrativa, laboral y constitucional. El Órgano Judicial NO garantiza derechos del trabajador escritos en la Constitución”, señaló esa vez el dirigente minero cruceño Igor Ampuero.

7. Otra medida fue marchar, de Caracollo (Oruro) a La Paz pero los marchistas fueron “frenados” en Patacamaya por la ministra de Trabajo quien prometió interceder ante los empresarios, junto a los ministros de Justicia Iván Lima, y de Minería Ramiro Villavicencio. Esas autoridades solo hicieron una reunión de “promesa renovada” ante dirigentes en Santa Cruz.

TRAMPA Y ABUSO DE EMPRESARIOS

8. En este caso se percibe un “Consorcio” económico-judicial. Lo integran los empresarios: Luis Alberto Auzza Carrasco (ex gerente y parte del Grupo Auzza), Víctor Manuel Peñafiel Velasco (Representante Legal). Abogado: Marcelo Alfonso Siles y su consorcio. Jueces cruceños de “Garantía Constitucional”: Carolina Tania Cabrera Tapia (Presidente) Aldo Ismael Quezada Cerruti (Vocal). Ese consorcio vulnera la Constitución Política del Estado, y ellos lo saben. Pero pueden más fuerzas extrañas como Don Dinero, llamadas telefónicas de interesados, ó manipulación de leyes.

9. En el discurso, y en los memoriales, jueces y fiscales alegan aplicar “principios protectores del trabajador” escritos en la Constitución pero parecen “felices” por dilatar juicios, enmarañarlos con procedimientos de enredo y, al final, los perjudicados son los trabajadores y sus familias, por incumplimiento de sentencia constitucional ganada. ¿Cómo sería si el juez, fiscal, mensajero o policía –y sus familias– estén 23 meses sin salario?

¿EL ORGANO JUDICIAL CAMBIARÁ ALGUNA VEZ?

10. ¿Cómo hacen los abogados empresariales para convencer a jueces y fiscales para torcer sentencias y autos judiciales? ¿Cuál es el costo por: demorar notificaciones, “trasladar obrados”, elaborar informes de desobediencia a orden judicial y otros actuados? Primera respuesta: Osvaldo Q.C. funcionario del Tribunal Constitucional Plurinacional, dependiente de la magistrada Brígida Celia Vargas Barañado, fue descubierto infraganti cobrando $us.1.000 a un litigante para favorecerle con una Sentencia VER https://www.noticiasfides.com/nacional/seguridad/tcp-destituye-a-funcionario-que-cobro-us-1000-por-un-fallo-en-un-caso-de-trafico-de-tierras-416854 Obviamente, no es el único caso, y esto me recuerda al ex diputado y ex ministro Luis Vásquez, quien en 1999 al aprobar el Código de Procedimiento Penal, extra micrófono y sin tapujo confesaba: “Los bufetes de abogados son talleres mecánicos. Ahí se reparan autos, se modifican –a conveniencia de quien paga– sentencias y autos judiciales”. Y, si el Ministerio de Trabajo solo promete, los jueces venden sentencias, las cumbres judiciales solo empeoran los problemas, ¿qué hacer?

(*) Edgar Ramos Andrade. Comunicador e Investigador Social, es autor de “aGONIa y Rebelión Social” (2da Ed 2014) y otros libros. Es Magistrado Internacional del “Tribunal Verdad y Justicia Siolé Colombia”; +591 75801838  [email protected]

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