La Paz, 11 de marzo (Urgente.bo).- El Ministerio de Energía e Hidrocarburos informó este martes que el gobierno emitió decretos destinados a incentivar la participación de los sectores privados, como la agroindustria, la minería y la construcción, en la importación de combustibles para consumo propio y su comercialización en el mercado interno. Esta normativa, que incluyen simplificación de trámites, ampliación de plazos y la flexibilización de requisitos, brindan mejores condiciones para desarrollar estas actividades de manera continua.
Agiliza trámites de importación
El Decreto Supremo 5218 simplifica los requisitos legales y técnicos para la importación directa de combustibles de consumo propio, permite a personas individuales, empresas, cooperativas y asociaciones realizar este proceso de manera más ágil y eficiente. Con esta norma, los trámites que antes demoraban hasta un año ahora se completarán en un plazo de 5 a 10 días.
Entre los cambios más significativos se encuentra la eliminación de la homologación del certificado de calidad por parte de IBNORCA, permitiendo que una copia legalizada o una firma digital sean suficientes. Además, la declaración jurada, que antes debía realizarse ante un juez y tomaba entre 30 y 45 días, fue reemplazada por una declaración ante la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), agilizando el proceso de manera inmediata.
Para apoyar la implementación de este decreto, se destinó personal especializado disponible las 24 horas para atender consultas y facilitar los trámites. Adicionalmente, se desarrollan capacitaciones constantes dirigidas a sectores como el agropecuario, entre otros, con el fin de asegurar que todos los actores involucrados puedan cumplir con los nuevos procedimientos de manera eficiente.
Libre importación y comercialización
El Decreto Supremo 5271 autoriza de manera excepcional a personas naturales o jurídicas privadas a importar diésel y gasolina para su comercialización en el mercado interno. Esta medida responde a una demanda sectorial y permite que cooperativas, empresarios, agricultores, sectores mineros y estaciones de servicio accedan directamente a los combustibles y abastezcan sus actividades de manera autónoma.
Cabe destacar que esta normativa no afecta el rol de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), que continuará importando, distribuyendo y comercializando combustibles a precios subvencionados. El objetivo es diversificar las fuentes de abastecimiento y asegurar que los sectores productivos cuenten con acceso adecuado a combustibles en condiciones que favorezcan su desarrollo.
Ampliación de plazos y reducción de gravamen
El Decreto Supremo 5313 amplía el plazo de importación y comercialización de combustibles de un año a tres años, brindando mayor previsibilidad financiera a los empresarios. Esta medida les permitirá firmar contratos a largo plazo con proveedores y optimizar acuerdos logísticos, como el almacenamiento en tanques ofrecidos por YPFB Logística.
Además, el decreto introduce incentivos tributarios, como la reducción del gravamen arancelario (GA) al 0% durante un año para la importación de gasolinas. También se flexibilizan los requisitos de certificación de tanques de almacenamiento, permitiendo que entidades como IBNORCA realicen la certificación de calidad.
Con estas normativas, el Gobierno nacional busca incrementar la participación privada en el sector energético, fortalecer la economía y asegurar un abastecimiento adecuado de combustibles en el país. Estas medidas están diseñadas para reducir tiempos, optimizar procesos y brindar mayor acompañamiento a los empresarios, garantizando así la continuidad de las actividades productivas y el desarrollo económico del país.
En síntesis, los decretos 5218, 5271 y 5313 representan un avance significativo en la política energética del país, ya que la normativa da facilidades al sector privado para la importación de su propio combustible y así facilita el acceso a un insumo fundamental para su desarrollo.
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