Octubre 20, 2024 -H-

El MAS propone en el Código sancionar penalmente a empresas y ONG

“Establece sanciones a personas individuales, pero también colectivas por naturaleza ideales. Antes esta figura no estaba claramente definida, bajo ese sentido en determinados hechos ilícitos pueden ser sancionadas con una suspensión definitiva, temporal de su personería jurídica, inclusive sancionado para una eventual reparación del daño ocasionado emergente de un hecho delictivo”, manifestó el diputado del MAS, Víctor Borda.


Jueves 20 de Julio de 2017, 12:45pm






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La Paz, 20 de julio (Urgentebo) .- El nuevo proyecto de Ley del Código del Sistema Penal, que está siendo tratado en la Asamblea, indica que las entidades privadas pueden ser sancionadas penalmente e inclusive pueden perder su personería jurídica.

“Establece sanciones a personas individuales, pero también colectivas por naturaleza ideales. Antes esta figura no estaba claramente definida, bajo ese sentido en determinados hechos ilícitos pueden ser sancionadas con una suspensión definitiva, temporal de su personería jurídica, inclusive sancionado para una eventual reparación del daño ocasionado emergente de un hecho delictivo”, manifestó el diputado del MAS, Víctor Borda.

Detalló que esto determinará que las empresas ideales o colectivas no puedan generar hechos ilícitos. “Hemos visto de que en Bolivia se ha procreado unas ONG que buscan promover acciones delictivas, ellos pueden ser sancionados también”.

Explicó que en determinados acciones aquellas empresas dedicadas a una falsificación de títulos puedan ser sancionados, o aquellas que financien hechos ilícitos como terrorismo.

Mientras la diputada de la oposición, Norma Pierola, afirmó que esto no tiene ninguna responsabilidad penal, porque es una persona jurídica y que la empresa como tal no puede ser objeto de una sanción penal porque es un ente jurídico, por lo que no sería posible su aplicación.

“No tiene ninguna responsabilidad penal, porque es una persona jurídica que le da personería. Es un nombre jurídico que se le da a una personería a través de una sociedad anónima SRL, a cualquier tipo de sociedad que exista y que este reconocido por código de comercio”, dijo Pierola.

Sanciones para las personas jurídicas las siguientes:

Pérdi

a de la personería jurídica, sanciones económicas, decomiso, sanciones prohibitivas, suspensión parcial de actividades, prohibición de realizar actividades. También hay sanciones reparadoras entre ellas, medida de reparación económica, prestaciones obligatorias vinculadas con el daño producido, implementación de mecanismos de prevención y publicación total o parcial de la sentencia condenatoria a su costa.

Infracciones penales a empresas:

Genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra, uso ilegal de material nuclear, legitimación de  ganancias ilícitas, tráfico y desnutrición del patrimonio cultural, violación de tratado, treguas, armisticios o salvoconductos.

Además de homicidio culposo, muerte por omisión de socorro, trata de personas, tráfico de personas, tráfico de órganos, lesiones gravísimas culposas, explotación sexual y pornográfica de niña, niño y adolecente, daño ambiental, tráfico de especies, daños a la biodiversidad, desechos tóxicos peligrosos y radioactivos.

También depósito, vertido y comercialización de desechos industriales, evasión impositiva, defraudación aduanera, contrabando, contrabando de exportación agravado, almacenaje, comercialización y transporte ilegal de diesel oíl, gasolinas y gas licuado de petróleo, sustracción de prenda aduanera, uso indebido de recursos previsionales, apropiación indebida de aportes, defraudación previsional.

Tráfico de moneda, explotación laboral, atentados contra la salud pública, estafa, fraude de seguro, quiebra fraudulenta, usura, explotación ilegal y avasallamiento de recursos naturales, manipulación informática, uso indebido de datos informáticos ajenos, acceso ilegitimo a sistemas, enriquecimiento ilícito.

Delitos financieros, contratos lesivos, incumplimiento de contratos, sociedades o asociaciones ficticias  o simuladas, especulación fraudulenta de bienes, conducta monopólica, cohecho activo, financiamiento al terrorismo, fabricación y tráfico ilícito de armas.

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