En estos últimos días se ha desatado una polémica innecesaria y malintencionada acerca de la nueva Ley Municipal que se ha puesto en vigencia en el Municipio de La Paz y es lamentable, porque en realidad solo se trata de una campaña de desinformación para generar descontento en la población paceña, a causa del desconocimiento de los reales alcances de esta nueva normativa, sobre la cual caben realizar algunas precisiones.
Y es que el pasado 28 de junio del presente año se ha promulgado y puesto en vigencia la nueva Ley Municipal Autonómica Nº 311 de Promoción y Respeto a los Derechos Humanos de las Personas con Diversa Orientación Sexual e Identidad de Género en el Municipio de La Paz; normativa que tiene por objeto promover e implementar políticas públicas municipales destinadas al ejercicio pleno de los derechos humanos sin discriminación de las personas con diversa orientación sexual e identidad de género en el Municipio de La Paz.
En consecuencia, las finalidades que se persiguen con esta nueva normativa, consisten en: a) Promover políticas, planes, programas, proyectos y acciones destinadas a la inclusión, desarrollo humano y social de las personas con diversa orientación sexual e identidad de género con la finalidad de mejorar su calidad de vida y convivencia social, b) Promover la equidad de oportunidades, en los ámbitos de educación, social, cultural, económico y salud en el Municipio de La Paz; c) Prevenir toda forma de discriminación y violencia contra las personas con diversa orientación sexual e identidad de género en el Municipio de La Paz.
Entre los principios que rigen la nueva Ley Municipal Autonómica se hallan los siguientes: Inclusión Social, Desarrollo Humano y Social, Enfoque de Derechos, Igualdad, Interculturalidad, No Discriminación, Participación. Asimismo, para la mejor comprensión de sus alcances, esta nueva Ley ofrece una serie de definiciones bajo cuyo marco se han estructurado sus disposiciones, como por ejemplo: LGBTI (Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgénero y Transexuales e Intersexuales), Sexo, Género, Orientación Sexual, Heterosexual, Lesbianas, Gays, Bisexuales, Identidad de Género, Transexualidad, Transgénero, Intersexual, Homofobia, Transfobia, Cisgénero, Diversa Orientación Sexual, Diversa Identidad de Género, entre otras.
Esta Ley Municipal está destinada a la implementación de políticas de promoción y respeto a la población con diversa orientación sexual e identidad de género, así como también a la promoción del desarrollo social de estas personas; de ahí que, el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz a través de la instancia correspondiente, promoverá el desarrollo humano y social con calidad de vida de las personas con diversa orientación sexual e identidad de género, y para tal fin: a) Promoverá y consolidará la protección, no discriminación y el ejercicio de los derechos humanos de las personas con diversa orientación sexual e identidad de género; b) Desarrollará planes y programas destinados a garantizar el ejercicio pleno de los derechos humanos de la población con diversa orientación sexual e identidad de género; c) Desarrollará procesos de sensibilización e información de servidores(as) públicos(as) municipales, con un lenguaje inclusivo, sobre el respeto a los derechos humanos de la población con diversa orientación sexual e identidad de género, y de esta forma puedan brindar una atención respetuosa con calidad y calidez; d) Desarrollará procesos de sensibilización e información dirigidos a la población del municipio, con un lenguaje inclusivo, sobre el respeto a los derechos humanos de la población con diversa orientación sexual e identidad de género; e) Implementará programas y proyectos destinados a la prevención y erradicación del acoso, violencia y discriminación por orientación sexual o identidad de género; todo ello enmarcado en las competencias asignadas por la Constitución y la Ley Marco de Autonomías, todo ello con el fin de velar por los derechos humanos y una vida libre de violencia a la población con diversa orientación sexual e identidad de género.
Precisamente para contrarrestar la situación de violencia en que podría hallarse eventualmente este sector de la población, la Ley ha visto pertinente prever que el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz a través de la instancia que corresponda: a) Capacitará a los servidores(as) públicos(as) municipales de las "Plataformas de Atención Integral a la Familia", para la atención de casos de violencia por causa de orientación sexual e identidad de género; b) Atenderá y asesorará a víctimas de violencia a través de las "Plataformas de Atención Integral a la Familia", de manera gratuita para la protección y defensa psicológica, social y legal de las personas con diversa orientación sexual e identidad de género en el Municipio de La Paz, para garantizar la vigencia y ejercicio pleno de sus derechos; c) Atenderá a población con diversa orientación sexual e identidad de género en situación de violencia, en los Albergues Transitorios del Municipio, de acuerdo a las atribuciones, competencias y como medida excepcional; d) Generará información estadística sobre prevención, atención y protección sobre casos atendidos de violencia por orientación sexual e identidad de género. Todo lo cual, se enmarca en las políticas municipales que está llevando adelante el GAMLP hasta el presente, de acuerdo a las específicas competencias municipales asignadas por la Constitución y las leyes.
Asimismo, a nivel cultural, el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz se está comprometiendo a promover la participación de la población con diversa orientación sexual e identidad de género en las políticas y programas de fomento artístico y cultural. Y en este contexto: a) El “Mes Largo de las Diversidades” formará parte de hechos culturales como aporte de la población con diversa orientación sexual e identidad de género, para su incorporación en la Agenda Cultural, y para su visibilización en el espacio público y generar referentes positivos de la población, b) Se incorporará el tema de diversidades sexuales al conjunto de actividades culturales que se realizan en los espacios públicos como las Ferias Dominicales y otros eventos culturales otorgándoles un espacio para la visibilización de acciones; c) Se apoyará la realización de eventos de socialización, difusión y promoción de las actividades que desarrollan las organizaciones e instituciones integrantes del Consejo Ciudadano de Diversidades Sexuales y/o Genéricas, d) Se incorporará en la nomenclatura urbana la denominación de calles que conmemoren hechos y fechas notables para la diversidad sexual, así como el reconocimiento al aporte a las culturas y la promoción de derechos de la población con diversa orientación sexual e identidad de género.
Con estos antecedentes, es fácilmente comprensible la loable tarea que está asumiendo el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, a través de la implementación de políticas públicas municipales efectivas, destinadas a garantizar el ejercicio pleno de los derechos humanos sin discriminación de las personas con diversa orientación sexual e identidad de género en el Municipio de La Paz; en consecuencia, solamente no debemos olvidar que: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros” (D.U.D.H.).
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