Septiembre 20, 2024 -H-

La OEA aprueba declaración para proteger a los indígenas de las Américas

El documento plantea un nuevo esquema para las relaciones entre los Estados y los Pueblos Indígenas, como por ejemplo el respeto a los derechos humanos, y los incluye en la consideración de temas como el desarrollo sostenible.


Jueves 16 de Junio de 2016, 4:45pm






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La Paz, 16 de junio (Urgentebo).- La Organización de Estados Americanos (OEA)  aprobó una declaración para promover y proteger los derechos de los pueblos indígenas de las Américas.

La Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas es el resultado de 17 años de trabajo. El documento plantea un nuevo esquema para las relaciones entre los Estados y los Pueblos Indígenas, como por ejemplo el respeto a los derechos humanos, y los incluye en la consideración de temas como el desarrollo sostenible.

Héctor Huertas, representante del pueblo guna de Panamá, quien fue uno de los impulsores desde 1999, dijo que con esta declaración la Organización de Estados Americanos salda una deuda histórica en reconocimiento de millones de indígenas que habitan las Américas.

“La OEA está inaugurando una nueva etapa de relaciones a través de un instrumento que puede permitir que los indígenas puedan participar en todos los temas relacionados con el desarrollo dentro del Hemisferio. Incluso vamos a solicitar participar en la OEA como pueblos indígenas, y no como sociedad civil”, agregó Huertas.

El Can

iller indígena de Bolivia, David Choquehuanca, resaltó que la Declaración reconoce “todos los derechos, no solamente los derechos humanos -que son individuales-, sino también los colectivos, como los derechos económicos, sociales y culturales”.

Republica Dominicana fue sede de la 46 Asamblea General de la OEA del 13 al 15 de Junio del 2016. El evento, que contó con la presencia de cancilleres y sus equipos de diplomáticos, trató la situación de los pueblos indígenas en el continente. 

Puntos clave de la Declaración

  • La autoidentificación como pueblo indígena es determinante para determinar a quienes aplica la Declaración.
  • Los indígenas tienen derecho a la libre determinación.
  • Igualdad de género: las mujeres indígenas tienen derechos colectivos indispensables para su existencia, bienestar y desarrollo integral como pueblos.
  • Las personas y comunidades indígenas tienen el derecho de pertenecer a uno o varios pueblos indígenas, de acuerdo con la identidad, tradiciones y costumbres de pertenencia a cada pueblo
  • Los Estados reconocerán plenamente su personalidad jurídica, respetando las formas de organización y promoviendo el ejercicio pleno de los derechos contenidos en la Declaración.
  • Tienen derecho a mantener, expresar y desarrollar libremente su identidad cultural.
  • Tienen derecho a no ser objeto de forma alguna de genocidio.
  • Tienen derecho a no ser objeto de racismo, discriminación racial, xenofobia ni otras formas conexas de intolerancia.
  • Tienen derecho a su propia identidad e integridad cultural y a su patrimonio cultural.
  • Tienen derecho a la autonomía o al autogobierno en cuestiones relacionadas con asuntos internos.
  • Los pueblos indígenas en aislamiento voluntario o en contacto inicial, tienen derecho a permanecer en dicha condición y vivir libremente y de acuerdo a sus culturas.
  • Tienen los derechos y las garantías reconocidas por la ley laboral nacional y la ley laboral internacional.
  • Tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o utilizado o adquirido.

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