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Millares: Hay contradicciones jurídicas en el proyecto de ley de condonación parcial de alquileres

Recordó que el Código Civil establece que cuáles son los mecanismos de resolución de una controversia entre privados.


Miércoles 29 de Abril de 2020, 3:30pm






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29 de abril (Urgente.bo).- El proyecto de ley 597, que establece la condonación del 50% del pago de la renta de alquiler de vivienda, tiendas, comerciales y/o prestación de servicios e industriales mientras dure la cuarentena por el coronavirus, que fue aprobada en grande y detalles por la Cámara de Diputados y remitida a la Cámara de Senadores, podría ser devuelta a la Cámara Baja debido a que la norma presentaría algunas “contradicciones de orden jurídico” con el Código Civil.

“Reconocemos que hay una afectación a los propietarios de los bienes inmuebles y obviamente creemos que esta ley va tener sus connotaciones”, sostuvo la diputada Lourdes Millares en una entrevista radial.

Consultado sobre qué establece la norma en caso de que un inquilino decida dejar el inmueble para trasladarse a otra y que por falta de pago, el dueño de casa decide retener las pertenencias de su inquilino, la parlamentaria indicó que esos son aspectos que no considera la norma y que para ello se debería trabajar en otra norma que regule ese tipo de situaciones.

“Ese es un tema que tendría que ser regulado por otra norma en términos de los derechos de los inquilinos, en términos de no apropiación de sus bienes por deuda, pero ahí está también está la situación del propietario del bien inmueble”, explicó Millares.

Asimismo, hizo notar que el proyecto de ley de condonación entra en “contradicción” con algunos artículos Código Civil, que establece cuáles son los principios del contrato y las causales de su recisión y la resolución del contrato a nivel de acuerdo entre privados.

“Esta ley (de condonación) que ha tenido varios proyectistas, pero ninguno de ellos ha establecido las contradicciones de orden jurídico, no dice en sus disposiciones finales se abroga o deroga tales artículos de un Código Civil”, sostuvo la legisladora.

Recordó que el Código Civil establece que cuáles son los mecanismos de resolución de una controversia entre privados. “Ahí está el tema, nosotros observábamos ese tema pero no hemos tenido el uso de la palabra en el pleno de la Cámara de Diputados”, finalizó.

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