Abril 28, 2025 -HC-

Arce debe destituir a Del Castillo tras su censura, ¿puede ser restituido?


Miércoles 28 de Junio de 2023, 12:30pm






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28 de junio (Urgente.bo).- Este martes, el ministro de Gobierno, Eduardo del Castillo, fue censurado por la mayoría de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), lo que sigue es la destitución de la autoridad, pero ¿puede ser restituido? El abogado constitucionalista Williams Bascopé explica que la posibilidad podría estar abierta. 

“Lo que corresponde en este momento es que el Presidente debe destituir al ministro de Gobierno, esta destitución es una facultad y es una fiscalización que hace el primer poder del Estado, que es la Asamblea Legislativa”, indica el abogado a Urgente.bo.

La ley establece que la censura es constitucional, sin embargo, Bascopé menciona que la sentencia constitucional Plurinacional 0020/2023, de 5 de abril, declaró inconstitucional ciertos artículos de la ley 1350, que regula los efectos de la censura. 

“La sentencia ha declarado la inconstitucionalidad de otros artículos que indicaban que los siguientes tres años el destituido o censurado no puede ocupar otros cargos, lo cual ha quedado desvirtuado por esa sentencia”, indica el constitucionalista.

En ese sentido, menciona que está abierta la posibilidad de que pueda ser nombrado nuevamente como ministro porque tampoco esto está prohibido. “Lo que no ha quedado muy claro es que si posteriormente puede nombrarlo nuevamente ministro en esta o en otra cartera, eso ha quedado abierto y eso tampoco ha sido prohibido. Seguramente habrá una interpretación que quiera hacer el Ejecutivo”, indica.

Bascopé menciona además que fue un error del Tribunal Constitucional no aclarar estos puntos. “Lo que queda claro es que debe ser destituido, lo que no queda claro es que si puede o no ratificarlo”.

La sentencia 0020/2023

La Sentencia Constitucional Plurinacional 0020/2023, de 5 de abril, resolvió declarar la inconstitucionalidad de los Artículos 3. III, 4.1, 4. II y 4. III de la Ley N° 1350, que Regula los Efectos de la Censura Determinada por la Asamblea Legislativa Plurinacional.

Entre los artículos declarados de inconstitucionales está el 4, que se refiere a la imposibilidad de designación y son los siguientes:

I. “La Presidenta o el Presidente del Estado, no podrá designar como Ministra o Ministro a la ciudadana o ciudadano que hubiera sido censurada o censurado por la Asamblea Legislativa Plurinacional, en los tres (3) años posteriores a su destitución”.

II. “La autoridad encargada de la designación de las Máximas Autoridades Ejecutivas de las instituciones y empresas públicas, no podrá designar en este cargo a la ciudadana o ciudadano que hubiera sido objeto de censura por la Asamblea Legislativa Plurinacional, en los tres (3) años posteriores a su destitución”.

Es decir, con esta decisión, los ministros censurados podrían ser designados en sus mismas funciones u ocupar otros cargos. 

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