20 de noviembre (Urgente.Bo).- El Asambleísta Departamental de La Paz, Israel Alanoca, en entrevista con Urgente.Bo, sugirió a todos los municipios que agotaron su capacidad económica y se ven afectados por problemas de sequía e incendios, acudir al Decreto Departamental 153 que establece la asignación de recursos.
Si bien en sus últimas declaraciones ante los medios de comunicación, el Gobernador dijo que se va declarar emergencia departamental, él ya promulgó Decreto Supremo Departamental 159, el cual se publicó el 2 de junio de 2023 y tiene un vigencia hasta marzo de 2024.
“Recomiendo a los alcaldes municipales ahora que hay declaratoria de emergencia departamental se pueden atender varios casos; los alcaldes que están pasando por apuros económicos deben declararse en emergencia y pedir a la Gobernación que intervenga de manera inmediata, ´wawa que no llora no mama”, afirmó.
El Asambleísta informó que existen los recursos necesarios para atender diferentes desastres en los municipios del departamento de La Paz, ya que la Asamblea Departamental aprobó en dos ocasiones el incremento de presupuesto a solicitud del Gobernador Santos Quispe.
“Primero, el Gobernador nos solicita más de 13 millones de bolivianos, en base a su plan de contingencia, pero el presupuesto que tiene asignado a esto son tres millones de bolivianos, no llega ni a la mitad; posteriormente la ADLP aprobó una modificación presupuestaria de nueve millones más, pero no vemos ni inversión ni atención”, explicó.
SOBRE EL DECRETO SUPREMO DEPARTAMENTAL 159
El documento publicado en la página web de la gobernación establece: “En el marco de Ley Departamental Nº 159 de Gestión de Riesgos y Atención de Desastres y el Decreto Departamento 112, se DECLARA EN EMERGENCIA AL DEPARTAMENTO DE LA PAZ”.
De acuerdo a la norma, el Decreto Supremo está orientado a atender los efectos del Fenomeno del Niño que podría durar hasta enero de 2024; atención de emergencias por las lluvias, los cambios climáticos que afectan a diferentes municipios, entre otros.
La declaratoria de Emergencia Departamental tiene un plazo máximo de duración de nueve meses, calendarios computables desde su publicación, es decir, hasta marzo de 2024..
Asimismo se establece un Régimen de Excepción para la contratación de bienes y servicios en favor de los Gobiernos Autónomos Municipales declarados en desastre.
finalmente en el Artículo 6, establece la ASIGNACIÓN DE RECURSOS, “a Secretaria Departamental de Economía y Finanzas del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz, deberá asignar los recursos económicos necesario para la atención de la Emergencia Departamental, en función al Programa de Prevención de Contingencias y Atención de Riesgos, de Emergencia del Departamento de La Paz, de acuerdo a las normas legales vigentes”.
///