Enero 04, 2025 -H-

Asamblea prohíbe que familiares de autoridades postulen al Órgano Judicial

La presentación de postulaciones se efectuará en un plazo máximo de 25 días calendario a partir del 2 de mayo en las oficinas de las comisiones mixtas de Constitución, Derechos Humanos, Legislación y Sistema Electoral, y de Justicia Plural, Ministerio Público y Defensa Legal del Estado según corresponda.


Sábado 29 de Abril de 2017, 6:15pm






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La Paz, 29 de abril (Urgentebo).-  Los postulantes a autoridades judiciales no podrán tener grados de parentesco con autoridades de la Asamblea Legislativa ni con el Presidente ni Vicepresidente del Estado Plurinacional y tampoco podrán participar quienes hayan sido militantes de algún partido político en los últimos cinco años.

Así, tras nueve horas de debate, los legisladores decidieron aprobar el reglamento y la convocatoria para la preselección de candidatos postulantes a autoridades judiciales de Bolivia, los mismos que serán elegidos por la población en octubre de este año.

“Se han hecho algunos ajustes que tienen que ver con subir de uno a cinco los años la prohibición de militancia, es decir que ningún postulante podrá haber sido ni candidato ni dirigente de algún partido en los últimos cinco años. También se ha establecido que los postulantes no puedan tener nexo familiar con hasta cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de senadores, diputados ni del Presidente ni Vicepresidente”, explicó  la presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño.

La decisión fue asumida luego de que en anteriores días se revelara que familiares de algunas autoridades de Estado figuran en las planillas de instituciones y empresas públicas, tema que provocó polémica y también críticas al oficialismo.

El Reglamento de preselección de candidatas y candidatos para la conformación del Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura contiene 26 artículos en los que se determinan el procedimiento y los plazos para la convocatoria, habilitación, evaluación y preselección de candidatas y candidatos a autoridades judiciales del país.

La convocatoria, preselección y designación se regirá por los principios de: ética e integridad personal, publicidad, transparencia, idoneidad, responsabilidad, igualdad, equivalencia, plurinacionalidad, meritocracia, imparcialidad y competencia, asimismo, la ALP debe garantizar que entre los preseleccionados el 50 % sean mujeres, así como la inclusión de postulantes de origen indígena-originario-campesino.

La convocatoria realizada por la ALP será publicada en medios de comunicación impresos y páginas web mañana, 30 de abril, y al día siguiente “las comisiones mixtas solicitarán al Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana que proponga a ocho profesionales académicos y especialistas en las áreas relacionadas con el proceso de preselección, en el plazo de 15 días. Al efecto, emitirá la lista de nombres adjuntando el perfil de cada especialista. Estos profesionales participarán en los procesos de evaluación curricular y evaluación escrita”, indica el reglamento aprobado.

Entre los requisitos comunes para las y los postulantes a los cargos del Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura se encuentran: tener la nacionalidad boliviana, haber cumplido con el servicio militar, para los varones; no tener pliego de cargo ejecutoriado, no tener sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal pendiente de cumplimiento.

Asimismo, se determina que deben estar inscritos en el Padrón Electoral, no tener militancia en alguna organización política, al menos cinco año antes de su postulación, no ser dirigentes de organizaciones políticas o candidatos en los últimos cinco años, no haber ocupado cargos directivos en empresas extranjeras transnacionales que tengan contratos o convenios con el Estado o haber renunciado al menos cinco años antes al día de la elección y no tener en su contra procesos de violencia intrafamiliar, ni procesos penales de acción pública con imputación formal que comprometan la ética y la probidad de la o del postulante.

De igual manera, el presente reglamento determina que las y los postulantes se podrán presentar de manera individual y directa o ser propuestos por organizaciones de la sociedad civil, de naciones o pueblos indígena-originario-campesinas, por universidades públicas o privadas, asociaciones profesionales o instituciones civiles debidamente reconocidas.

De acuerdo al reglamento aprobado, la presentación de postulaciones se efectuará en un plazo máximo de 25 días calendario a partir del 2 de mayo en las oficinas de las comisiones mixtas de Constitución, Derechos Humanos, Legislación y Sistema Electoral, y de Justicia Plural, Ministerio Público y Defensa Legal del Estado según corresponda, de conformidad con el artículo 2 del presente reglamento.

Se llevará a cabo el registro de postulantes en un libro de actas notariado, una vez concluido el plazo de recepción, se publicarán los nombres de los postulantes en las páginas web y redes sociales de la vicepresidencia y las cámaras de senadores y de diputados.

La apertura de sobres se realizará en un plazo no mayor de nueve días en sesiones públicas, posteriormente se publicarán los nombres de las y los habilitados en tres medios de comunicación impresos de circulación nacional y durante dos días en las páginas web y redes sociales de la vicepresidencia y las cámaras de senadores y diputados.

Las impugnaciones podrán ser presentadas, por una persona o por colectivos, en un plazo de ocho días posteriores a la publicación de los nombres de los postulantes habilitados, las comisiones responsables comprobarán si proceden o no; posteriormente, las personas que pasen este proceso serán sometidas a una evaluación curricular, escrita y de entrevista.

Luego, se elaborará el listado de las y los postulantes para que entren en la preselección que se desarrollará en sesión de la ALP, que realizará una votación “para el Tribunal Constitucional Plurinacional, el Tribunal Supremo de Justicia, el Tribunal Agroambiental y el Consejo de la Magistratura en papeletas con listados en orden alfabético, con distinción de género, autoidentificación indígena-originario-campesina y departamento, según corresponda, de todas las personas habilitadas”, se señala.

Asimismo, se indica que si en la primera votación de la sesión no se obtiene el número necesario de preseleccionadas y preseleccionados, la votación continuará las veces que sean necesarias hasta obtener el cupo requerido.

De igual manera, se determina que serán inhabilitados las y los postulantes cuyo puntaje acumulado entre las fases de evaluación curricular y escrita no les permita pasar a la siguiente fase, ni obteniendo el puntaje máximo en la entrevista.

La ALP preseleccionará hasta cuatro postulantes para el Tribunal Constitucional Plurinacional, de los cuales el 50 % serán mujeres y tendrá que haber por lo menos una persona de origen indígena-originario-campesino. También seleccionará cuatro postulantes al Tribunal Supremo de Justicia, de los cuales la mitad deberán ser mujeres y una persona de origen-indígena-originario-campesino.

De igual manera, la ALP preseleccionará a 14 postulantes al Tribunal Agroambiental, de los cuales el 50 % tendrán que ser mujeres y la inclusión de postulantes de origen indígena-originario-campesino y para el Consejo de la Magistratura se elegirán diez postulantes, de los que la mitad deberán ser mujeres y se tendrá la inclusión de postulantes de origen indígena-originario-campesino.

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