14 de febrero (Urgente.bo).- Según el Decreto Supremo 4436 los millonarios que superen los 30 millones de bolivianos deberán pagar el Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF), estos individuos deberán pagar hasta el 31 de marzo y los residentes del exterior hasta el 30 de abril.
Esta norma aplica a los ciudadanos naturales con una elevada capacidad económica, cuando tal fortuna acumulada al 31 de diciembre de cada año sea mayor a los 30 millones de bolivianos o su equivalente en moneda extranjera.
En cuanto a los bienes inmuebles su valor será determinado por el valor de adquisición de acuerdo a la variación de la UFV o también con el valor establecido para el pago de impuesto que grava la propiedad. En cambio, para los bienes establecidos en el exterior, se usará el valor del país en el que se encuentren.
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