Marzo 27, 2025 -HC-

Migración digital y nómadas globales: un desafío para la legislación boliviana


Lunes 24 de Marzo de 2025, 10:00am






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El mundo está experimentando un cambio fundamental en la movilidad humana. Con la digitalización del trabajo y el auge del teletrabajo, ha surgido una nueva clase de migrantes internacionales que no encajan en las categorías tradicionales de movilidad laboral; los nómadas digitales.

Esta tendencia rompe con el paradigma migratorio tradicional, donde la residencia estaba atada a la contratación por empresas locales. En cambio, los nómadas digitales trabajan para empresas extranjeras mientras residen temporalmente en diferentes países, generando ingresos sin ser empleados formales de sus naciones de acogida (NordVPN,2021)

Históricamente, los regímenes migratorios han sido diseñados sobre la base de tres ejes estructurales; el territorio, el empleo formal y la ciudadanía nacional. Esta arquitectura jurídica responde a un paradigma que presupone una relación fija entre el lugar de residencia y el trabajo, típicamente vinculado a un empleador local. No obstante, el surgimiento de los nómadas digitales, individuos que trabajan de manera remota para empresas extranjeras mientras residen temporalmente en múltiples países, ha desafiado este modelo (Czaika y de Haas,2022), Esta nueva configuración de movilidad global genera vacíos normativos que tensionan los marcos migratorio tradicionales y plantean desafíos para la fiscalidad, el acceso a derechos y la soberanía regulatoria de los Estados.

En los últimos años, más de 50 países han implementado o anunciado programas de visados para nómadas digitales, como respuesta a la transformación de la movilidad laboral global. Estos visados permiten a trabajadores remotos residir legalmente por periodos extendidos sin necesidad de contratos locales, reflejando un intento de adaptar los marcos legales a nuevas formas de migración económica (OECD,2022). Sin embargo, el Derecho Internacional de las Migraciones aún carece de normas vinculantes específicas para esta categoría emergente de migrantes, dejando en manos de cada Estado la regulación unilateral de su fiscalidad, acceso a servicios, y derechos laborales.

Bolivia, hasta ahora, no ha desarrollado una legislación clara sobre los nómadas digitales, perdiendo una oportunidad de atraer talento y fortalecer su economía.

Los instrumentos jurídicos internacionales que regulan la migración no han sido actualizados para incluir la movilidad laboral digital. La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular (ONU, 2018) y la Convención Internacional sobre a Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios (ONU,1990) se centran en formas tradicionales de migración, dejando un vacío normativo respecto a la movilidad transnacional derivada del trabajo digital (ACNUR, 2023)

Por otro lado, la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha avanzado de forma significativa en la protección de los migrantes en situación de vulnerabilidad, desarrollando principios como la no discriminación, el acceso a la justicia, el debido proceso y la prohibición del retorno arbitrario (Corte IDH, 2014; Corte IDH, 2021). No obstante, hasta la fecha, la Corte no se ha pronunciado sobre el impacto de las nuevas tecnologías en los derechos de los trabajadores digitales ni sobre la figura emergente del nómada digital, lo que evidencia un vacío normativo e interpretativo en el derecho interamericano frente a las nuevas formas de movilidad transnacional

Sin un marco claro, los nómadas digitales quedan atrapados en un limbo legal ya que no son reconocidos como trabajadores migrantes tradicionales según la normativa de la OIT, en consecuencia, en muchos casos no pueden acceder a beneficios laborales, protección social ni garantías de seguridad jurídica en sus países de residencia temporal. Este vacío normativo también afecta a los Estados receptores, que afrentan dificultades para regular la tributación, el acceso a servicios públicos y la permanencia legal de estos trabajadores (OIT,2019)

Bolivia enfrenta un desafío clave en la adaptación de su legislación migratoria a la nueva realidad digital. La Ley Nro. 370 de Migración, promulgada en 2013 aun vincula el derecho a residencia con modelos tradicionales de empleo, como contratos laborales formales con entidades bolivianas. Esta rigidez deja sin reconocimiento ni protección legal a personas extranjeras que trabajan de forma remota desde Bolivia para empresas internacionales. A pesar de que el país promueve la inclusión y la innovación tecnológica, no ha desarrollado aun un régimen jurídico que aborde el fenómeno del nomadismo digital ni sus implicaciones fiscales, laborales o migratorias

Con miras a posicionarse como un país moderno e inclusivo en materia migratoria, Bolivia podría considerar la adopción de un marco regulatorio especifico que aborde el fenómeno emergente del nomadismo digital. En este sentido, una opción viable seria la creación de un Estatuto para Nómadas Digitales, que contemple la implementación de una visa especial destinada a trabajadores remotos internacionales. Este instrumento legal permitirá atraer talento global sin comprometer el mercado laboral interno, al tiempo que promueve la circulación de ingresos externos dentro del país. Asimismo, sería oportuno incorporar mecanismos de flexibilización fiscal y acceso controlado a servicios financieros, considerando que una de las principales barreras que enfrentan los nómadas digitales radica en la imposibilidad de abrir cuentas bancarias o acceder a sistemas de pagos locales. Una reforma prudente podría habilitar la apertura de cuentas temporales y establecer regímenes tributarios simplificados, que favorezcan tanto la transparencia como la recaudación fiscal sin generar cargas excesivas para los Estados receptores.

Si Bolivia considerar implementar incentivos fiscales específicos para trabajadores remotos que elijan residir temporalmente en el país podría posicionarse como un destino atractivo para nómadas digitales, iniciativas como la creación de zonas económicas digitales, especialmente en ciudades con infraestructura tecnológica y cultural como La Paz, podrían dinamizar sectores clave como la hotelería, gastronomía, el coworking y el turismo de larga distancia. Experiencias similares en países como Portugal o Costa Rica demuestran que políticas bien diseñadas pueden tener un impacto positivo en la economía local y en la atracción de talento internacional

En un mundo donde el trabajo viaja más rápido que la ley, Bolivia no puede quedarse atrás, No regular significa invisibilizar. Y en el derecho, lo que no se nombra, no existe. La experiencia comparada demuestra que una legislación adaptada a los flujos de movilidad digital puede atraer talento, generar divisas e impulsar la innovación. Es momento de transformar la migración digital en una oportunidad de desarrollo inclusivo y sostenible, con pleno respeto a los derechos humanos y la soberanía regulatoria.

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