Noviembre 22, 2024 -H-

Evo promulga la Ley que faculta al Estado supervisar el deporte en Bolivia

La ley limita el tiempo de los dirigentes en las diferentes federaciones, obliga a éstas a presentar sus estados financieros, incorpora a los fubtolistas profesional al régimen laboral y define que los clubes de las diferentes disciplinas se registren ante el Ministerio de Deportes.


Miércoles 11 de Mayo de 2016, 10:00am






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La Paz, 11 de mayo (Urgentebo).- El presidente Evo Morales promulgó la mañana de este miércoles la Ley del Deporte, un  instrumento que permite al Estado Plurinacional de Bolivia supervisar y promocionar las actividades deportivas en el país. La controversia generada sobre una presunta intervención estatal fue desactivada con el acuerdo de que la reglamentación evitará ese riesgo.

"Nuestro deseo es con la ley (del Deporte) haya mayor participación del Estado en directa coordinación con dirigentes,  ese es el gran deseo que tiene el Gobierno", dijo el presidente Morales, desde el Palacio de Gobierno.

La Ley Nacional del Deporte cuenta con 11 títulos y 73 artículos, y fue impulsada por el ministro de Deportes, Tito Montaño, en coordinación con los actores del sector. Se trata de un instrumento que limita el tiempo de los dirigentes en las diferentes federaciones, obliga a éstas a presentar sus estados financieros, incorpora a los fubtolistas profesional al regimen laboral y define que los clubes de las diferentes disciplinas se registren ante el Ministerio de Deportes.

El ministro de Deportes, Tito Montaño, declaró que la nueva ley no menciona la intervención o fiscalización de las diferentes federaciones de las disciplinas profesionales como el fútbol o las amateurs.

La Liga Profesional del Fútbol boliviano aceptó la redacción del proyecto de la nueva Ley Nacional del Deporte. “Tras la explicación del alcance de la Ley Nacional del Deporte y la aclaración de la no intervención del Estado, los representantes de la Liga del Fútbol Profesional Boliviano expresaron su acuerdo con el texto de la ley”, según un documento que recoge las conclusiones a las que arribaron, esta mañana en una reunión en La Paz, el ministro de Deportes, Tito Montaño y el presidente de la Liga, Marco Ortega conjuntamente representantes de ambas instituciones.

La LEY

La Ley tendrá reglamentos especiales para el fútbol nacional, con el fin de que ni la Conmebol ni la  FIFA lleguen a la conclusión que el Estado está interviniendo el fútbol boliviano.

La ley promulgada este miércoles establece una serie de disposiciones que definen el seguimiento del Estado sobre las actividades deportivas.

En el

rtículo 30 de la nueva Ley se señala sobre los informes de gestión que: “Las Federaciones Deportivas Nacionales al cumplir una función de interés público y social deberán presentar anualmente sus estados financieros auditados y toda la información pertinente a su gestión financiera, técnica y administrativa, que sea requerida por la Autoridad Competente de Deporte; sin perjuicio de ello, deberán informar a dicha Autoridad sobre el manejo de los recursos públicos y privados destinados al desarrollo del deporte nacional, así como de todos los beneficios obtenidos a sus asociados, miembros o integrantes”.

Otra disposición es que los equipos deben registrarse ante el Ministerio de Deportes para intervenir en los torneos nacionales e internacionales.

El artículo 43, inciso 2, señala que el deportista profesional, al tener una relación laboral con su club “tiene todos los derechos y beneficios que la legislación laboral reconoce” y que además esta disposición se extiende “al personal profesional, técnico y apoyo deportivo, que se encuentre en relación de dependencia laboral con los clubes profesionales”.

Una de las disposiciones que afectará a los dirigentes del deporte nacional en general es que no podrán estar en funciones por más de ocho años, eso quiere decir dos gestiones continuas.

En el artículo 42 señala: “Las y los dirigentes deportivos en el ámbito nacional ejercerán el cargo para el cual fueron electas y electos por un periodo no mayor a cuatro (4) años, pudiendo postularse consecutivamente por única vez por un periodo similar”.

Esta determinación, según Fabricio Pinto, presidente de la Federación Boliviana de Gimnasia, imposibilitará a los dirigentes nacionales ocupar cargos de organismos internacionales, porque estos piden una antigüedad de al menos 10 años como titulares de sus federaciones.

Asimismo, en el artículo 40 señala que “las y los dirigentes deportivos que desempeñan cargos de dirigencia en las entidades deportivas de alcance nacional  deberán realizar cursos o programas de formación dirigencial en legislación y administración deportiva”. Aunque los dirigentes no se oponen a tener una capacitación, se preguntan ¿quién correrá con los gastos?, porque la mayoría de los dirigentes trabajan en las federaciones ad honorem.

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