“Durante el desarrollo de la audiencia de juicio oral y contradictorio, el Ministerio Público ofreció las pruebas contundentes como la declaración informativa de la víctima, dictamen pericial sociológico, certificado médico forense, entre otros elementos que fueron valorados por la autoridad jurisdiccional, quien determinó la sentencia”, sostuvo Oller.
De acuerdo a las investigaciones, el hecho ocurrió el año 2001 cuando la víctima tenía seis años y su tío, que se encontraba en estado de ebriedad, se quedó a dormir en la habitación del menor, situación que fue aprovechada por el ahora sentenciado para cometer el ilícito. Cuando la víctima tenía 12 años su tío le realizó toques impúdicos y cuando cumplió 17 años decidió contarle los sucesos a su madre quien presentó la denuncia el 1 de enero del 2014.
“La
ericia psicológica señaló que la víctima no dijo nada de lo ocurrido por temor y vergüenza, pero una vez que la Fiscalía tomó conocimiento del hecho se realizaron todas las investigaciones pertinentes que demuestran la culpabilidad del ahora sentenciado”, dijo Oller.