16 de diciembre (Urgente.bo)- Se han realizado las elecciones judiciales, pero de forma parcial; con estos comicios quedaría insulsa la Declaración Constitucional 049/2023, que dispuso la prórroga de mandato de autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP). ¿Y quién ocupará los cargos que aún no fueron elegidos este pasado 15 de diciembre? el abogado constitucionalista Martin Fabbri indica que, según las normativas, deben ser los suplentes con mayor votación.
“Debemos entender que eliminada o eliminado el motivo de la emisión de esta resolución jurídica, sus efectos son nulos. ¿Qué quiere decir esto? Que si la prórroga se ha debido a que no existía la elección, una vez existiendo la elección, los magistrados prorrogados ya no deberían seguir en sus cargos”, expuso Fabbri a Urgente.bo.
El abogado expuso que una vez que las elecciones judiciales se han llevado a cabo, los suplentes más votados deben ocupar los lugares de los magistrados prorrogados.
“Esto debería pasar en la primera sala plena, que se realice tanto en el Tribunal Supremo de Justicia como en el Tribunal Constitucional, especialmente”, sostuvo.
Este camino puede ser tomado directamente, porque el TCP cuenta con una propia ley de funcionamiento y establece cuáles son los niveles que existen en una suplencia.
“Ahora que se ha dado la falta de elección, deben entrar nuevamente en vigencia todos los instrumentos normativos que originen el normal funcionamiento tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Supremo de Justicia”, añadió.
La Declaración Constitucional Plurinacional 0049/2023 dispone la prórroga de mandato de las autoridades del Órgano Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional en actual ejercicio, de manera excepcional y temporal, hasta que se elijan y posesionen a las nuevas autoridades.
¿Cómo se llevó a cabo las elecciones judiciales?
En Santa Cruz, Cochabamba y Tarija, se entregó la segunda papeleta sin la última franja de candidatos al Tribunal Constitucional.
En Pando y Beni no se entregó la segunda papeleta de circunscripción departamental, debido a que las dos elecciones han sido anuladas (Tribunal Supremo de Justicia y Tribunal Constitucional).