9 de julio (Urgentebo).- El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) determinó este martes que las personas que ejercen un cargo público no deben renunciar, tres meses antes, para habilitarse como candidatos a las elecciones del 20 de octubre.
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El presidente del TCP, Petronilo Flores, explicó que Sala Plena emitió la Sentencia Constitucional 0032/ 2019 que dice que las autoridades que ocupen cargos electivos pueden repostularse al cargo electivo, sin renunciar a su actual cargo.
“Es decir, tres meses antes del día de la elección que exige el art. 238 de la Constitución Política del Estado. Estamos hablando de los senadores, diputados, alcaldes, concejales, gobernadores y asambleístas departamentales”, subrayó Flores desde Sucre.
La determinación del Tribunal Constitucional se da tras el pedido de la diputada del Partido Demócrata Cristiano (PDC), Norma Piérola, y el diputado Alcides Gallardo de Unidad Demócrata (UD), quienes presentaron una acción de inconstitucionalidad abstracta.
El Artículo 238, numeral 3, de la CPE indica que “no podrán acceder a cargos públicos electivos quienes ocupen cargos electivos, de designación o de libre nombramiento, que no hayan renunciado a éste, al menos tres meses antes al día de la elección, excepto el Presidente y el Vicepresidente de la República".
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