27 de marzo (Urgente.bo).- El pleno de la Cámara de Senadores sancionó la Ley Excepcional de Diferimiento de Pagos de Créditos y Reducción Temporal de Pago de Servicios Básicos, que establece que las entidades financieras realicen de manera automática el diferimiento del pago de las amortizaciones de crédito a capital e interés y otro tipo de gravamen por el tiempo que dure la declaratoria de Estado de Emergencia Sanitaria en el país por el brote de la pandemia del coronavirus.
También precisa que la ampliación de seis meses el diferimiento de créditos pese al levantamiento de la declaratoria de emergencia.
Por estas disposiciones, los bancos no deberán incrementar la tasa de interés ni ejecutarán las sanciones y penalizaciones por la mora.
Otra medida de la Ley dispone el pago diferido por los servicios básicos sin multas ni sanciones, mientras dure la pandemia, no debiendo realizarse el corte del servicio por falta de la cancelación de los mismos.
“La banca no puede cobrar intereses por estos meses, no es apropiado, porque en estos momentos la gente está precautelando por su salud y no pueden salir a trabajar los que viven al día. Haciendo un análisis se predispuso un congelamiento del pago de los intereses. Lamentablemente hay agentes de crédito que están llamando a los usuarios para que paguen, aunque sea el interés, eso está en contra de la normativa”, explicó la presidenta de la Cámara de Senadores, Eva Copa, tras la sanción de la Ley.
La normativa señala que se deberá reducir en un 50% el pago mensual de las tarifas de los servicios básicos (agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario y telecomunicaciones), mientras dure la pandemia, por lo que los pagos de los servicios deben ser diferidos sin multas ni sanciones por el tiempo que persista la emergencia sanitaria.
La norma fue remitida al Órgano Ejecutivo para su promulgación.