El Consejo de la Magistratura es responsable del régimen disciplinario de las jurisdicciones ordinaria, agroambiental y de las jurisdicciones especializadas. Además del control y fiscalización de su manejo administrativo y financiero; y de las políticas de su gestión.
Está integrado por tres consejeros titulares e igual número de suplentes, que son electos mediante voto popular que se realiza en circunscripción nacional, es decir en toda Bolivia. Son electos los candidatos o candidatas que obtengan el mayor número de votos válidos.
Para la Elección de Autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional que se desarrollará el 1 diciembre de 2024 se presentaron 20 candidatas y candidatos, de los cuales 10 son mujeres y 10 hombres y cuatro se auto identifican con alguna nación y pueblo indígena originario campesino.
N° |
Candidata/o |
Género |
Auto identificación |
1 |
GABRIELA PAULA ARAOZ LOPEZ |
F |
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2 |
MARISOL CAMARGO ESPADA |
F |
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3 |
PATRICIA FELISA CASTILLO SILES |
F |
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4 |
SELMA GABRIELA GUTIERREZ CRUZ |
F |
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5 |
LUDGARDA MARTINEZ BORJA |
F |
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6 |
CARMINIA ALEJANDRA MARTINEZ CUSICANQUI |
F |
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7 |
NATALY EMMA VARGAS VARGAS |
F |
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8 |
MARIA ANGELA ORDOÑEZ FLORES |
F |
A.I. |
9 |
RUTH ISABEL ZEBALLOS SAAVEDRA |
F |
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10 |
DORA ESPADA PEREZ |
F |
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11 |
JUAN CARLOS ARELLANO PAZ |
M |
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12 |
FREDDY BARBOLIN PLANTARROSA |
M |
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13 |
MANUEL BAPTISTA ESPINOZA |
M |
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14 |
RAMIRO FROILAN CANEDO CHAVEZ |
M |
A.I. |
15 |
ALDO ALEX CASTRO QUEVEDO |
M |
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16 |
ISIDRO LIMACHI AGUILAR |
M |
A.I. |
17 |
GREGORIO MERLO CHURA |
M |
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18 |
JULIO JHONNY ROCHA JIMENEZ |
M |
A.I. |
19 |
CARLOS SPENCER ARANCIBIA |
M |
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20 |
ZENON ZEPITA PEREZ |
M |
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A partir del 17 de octubre los méritos de las candidatas y candidatos a esta instancia estarán publicada en la página web del Tribunal Supremo Electoral, www.oep.org.bo
Constitucionalmente el Consejo de la Magistratura tiene nueve atribuciones:
- Promover la revocatoria de mandato de las Magistradas y de los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y del Tribunal Agroambiental, cuando, en el ejercicio de sus funciones, cometan faltas gravísimas determinadas por la ley.
- Ejercer el control disciplinario de las vocales y los vocales, juezas y jueces; y personal auxiliar y administrativo del Órgano Judicial. El ejercicio de esta facultad comprenderá la posibilidad de cesación del cargo por faltas disciplinarias gravísimas, expresamente establecidas en la ley.
- Controlar y fiscalizar la administración económica financiera y todos los bienes del Órgano Judicial.
- Evaluar el desempeño de funciones de las administradoras y los administradores de justicia, y del personal auxiliar.
- Elaborar auditorías jurídicas y de gestión financiera.
- Realizar estudios técnicos y estadísticos.
- Preseleccionar a las candidatas y a los candidatos para la conformación de los tribunales departamentales de justicia que serán designados por el Tribunal Supremo de Justicia.
- Designar, mediante concurso de méritos y exámenes de competencia, a los jueces de partido y de instrucción.
- Designar a su personal administrativo
Si quieres conocer más información sobre el Consejo de la Magistratura puedes consultar en la ley N° 025 de Organización del Órgano Judicial del 24 de junio de 2010.