Febrero 18, 2025 -H-

Estas son las tres medidas que dispone el decreto municipal de La Paz para realizar fiestas

La Alcaldía paceña, durante la gestión de Luis Revilla, aprobó el decreto municipal 017/21 que establece que a partir del 31 de marzo los salones de eventos en el municipio de La Paz pueden funcionar bajo el estricto cumplimiento de medidas de bioseguridad para evitar contagios de coronavirus.


Lunes 17 de Mayo de 2021, 7:15pm






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17 de mayo (Urgente.bo).- La Paz está en escalada de contagios de coronavirus, las cifras que a diario se registran y el relajamiento de la población con las medidas de bioseguridad preocupa a las autoridades y a los profesionales en salud.

La Alcaldía paceña, durante la gestión de Luis Revilla, aprobó el decreto municipal 017/21 que establece que a partir del 31 de marzo los salones de eventos en el municipio de La Paz pueden funcionar bajo el estricto cumplimiento de medidas de bioseguridad para evitar contagios de coronavirus.

“A partir del 31 de marzo de 2021, se habilita en el Municipio de La Paz, la apertura y atención al público de Salones de Eventos, mismos que deberán cumplir estrictamente con el Protocolo de Bioseguridad aprobado por Decreto Municipal Nº 038/2020 de 13 de noviembre de 2020”, señala el artículo 1 del decreto municipal.

Medidas que deben ser cumplidas

  • De acuerdo con el decreto supremo, los propietarios de los salones de eventos es responsable de implementar las medidas de bioseguridad y garantizar el cumplimiento de las mismas por su personal dependiente, proveedores, usuarios, clientes, invitados, evitando la aglomeración y garantizando el distanciamiento físico entre personas.
     
  • El aforo permitido para los salones de eventos debe ser el 30% de la capacidad del establecimiento, cuando la actividad económica cuente con una superficie menor o igual a 150m² y de 50% de su capacidad cuando la actividad económica cuente con una superficie mayor a 150m².
     
  • La norma municipal establecer claramente que está restringido el funcionamiento de actividades económicas de expendio y consumo de bebidas alcohólicas en sala.

En el artículo tres de la norma municipal se establece que esas medidas tendrán vigencia en tanto el COEM no termine su suspensión o modificación, de acuerdo al incremento o disminución de contagios de coronavirus.

Asimismo, la norma precisa que la Intendencia Municipal debe realizar controles de forma periódica para garantizar el cumplimiento  del decreto.

 

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